BOAM nº 7563 (21/12/2015)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
2312
Acuerdo de Junta de Gobierno de 17 de diciembre de 2015 por el que se aprueban las bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2016 y las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social.El artículo 38 del Texto Refundido del Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2012-2015 atribuye a la Comisión Técnica de Acción Social la competencia para llevar a efecto el desarrollo de lo específicamente relativo a la materia de Acción Social regulada en ese texto convencional, con sometimiento a lo establecido en el mismo y a las determinaciones que establezca la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
Al amparo de lo establecido en el citado precepto convencional, la Comisión Técnica de Acción Social, en su sesión de fecha 4 de diciembre de 2015, aprobó las bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2016 así como las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social. En este sentido, la Comisión Técnica de Acción Social, considerando que en 2016 habrá de abordarse la negociación de un nuevo acuerdo-convenio, ha optado por mantener en líneas generales la actual redacción de las bases generales y específicas de acción social, ello a expensas de la regulación que el nuevo Acuerdo pueda dar a la acción social, por lo que en las bases aprobadas por ese órgano se han introducido solo aquellas modificaciones que se han juzgado imprescindibles a la vista de la experiencia obtenida en 2015.
El Acuerdo adoptado por la Comisión Técnica de Acción Social se estructura en dos partes, a saber, de un lado, las bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2016; y, de otro, las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social.
Así, las bases generales de convocatoria establecen los ámbitos objetivo y subjetivo de aplicación, con especial referencia a los requisitos de los beneficiarios de las ayudas, el régimen de incompatibilidades, los requisitos de la documentación justificativa y de la declaración responsable, así como las características del procedimiento general de gestión de las ayudas; por último en las bases generales se hace referencia a las labores de difusión e información, la actuación administrativa en los casos de actuaciones fraudulentas y la función de la Comisión Técnica de Acción Social.
Las Bases Específicas son las reguladoras de cada una de las líneas de acción social. Se estructuran en artículos que se refieren al objeto, las cuantías de la ayuda, las incompatibilidades, la documentación justificativa que se ha de aportar, el procedimiento específico, en su caso, y el plazo de presentación de solicitudes.
Con arreglo a este esquema general se desarrollan las Bases Específicas de:
- Ayuda de Transporte, en sus modalidades de Abono de Transporte, Ayuda de Transporte en Metálico y Transporte para Personas con Discapacidad.
- Ayudas Asistenciales.
- Ayuda de Educación Infantil.
- Ayuda por Gastos de Adopción.
- Ayuda de Estudios para la Formación del Personal.
- Ayuda de Estudios para la Formación de los Hijos.
- Ayuda de Comedor Escolar para hijos de 3 a 16 años.
- Ayuda a la Promoción Interna del Personal.
- Ayuda por Discapacidad Física, Intelectual o Sensorial.
- Ayuda por Discapacidad de Ascendientes a Cargo.
- Ayuda para Tratamiento Psicológico.
Conforme establece la Disposición adicional decimoquinta de las bases de ejecución del Presupuesto municipal para 2016, las bases reguladoras serán elevadas, sin perjuicio de la negociación correspondiente, a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid para su expresa y formal aprobación
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1. m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, vista la propuesta de la Gerente de la Ciudad, que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno, previa deliberación la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 17 de diciembre de 2015,
ACUERDA
Primero.- Aprobar expresa y formalmente el Acuerdo de 4 de diciembre de 2015 de la Comisión Técnica de Acción Social sobre las bases generales de convocatoria de las ayudas de acción social para 2016 y las bases específicas reguladoras de cada una de las líneas de acción social, que figura como Anexo al presente Acuerdo.
Segundo.- Facultar a la titular de la Gerencia de la Ciudad para dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este Acuerdo.
Tercero.- La ejecución de estas Bases quedará condicionada a la aprobación definitiva del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para el año 2016 y a la consignación de crédito suficiente en las partidas a las que se imputará el gasto.
Cuarto.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde el 1 de enero de 2016, debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 17 de diciembre de 2015.- La Secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.