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BOAM nº 7851 (21/02/2017)
Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo

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Decreto de 16 de febrero de 2017 de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2017 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Municipio de Madrid.

En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante, OBRS), la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS), y, en virtud de lo establecido en Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 29 de octubre de 2015, por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones de la Dirección General de Igualdad entre Mujeres y Hombres, con arreglo a las siguientes especificaciones.

 

ARTÍCULO 1. Objeto y ámbito de la convocatoria.

 

1. La Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo a través de la Dirección General de Igualdad entre Mujeres y Hombres, dentro de los créditos consignados en el presupuesto vigente, convoca la concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Igualdad entre Mujeres y Hombres.

 

La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover el desarrollo de proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales según las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo 2016-2018, aprobado por el Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo de fecha 21 de julio de 2016.

 

2. Cada entidad solicitante podrá únicamente presentar un proyecto a la presente convocatoria. En el caso de presentar más de uno, se entenderá que la entidad opta por mantener el último de los presentados que haya tenido entrada en el registro y renuncia al resto.

 

3. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar las entidades subvencionadas o sean necesarias para la ejecución del proyecto subvencionado, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.

 

ARTÍCULO 2. Líneas de actuación de los proyectos subvencionables.

 

1. A los efectos previstos en esta convocatoria, sólo se valorarán aquellos proyectos que se encuadren dentro de alguna de las siguientes líneas de actuación:

 

Línea de actuación de igualdad entre mujeres y hombres.

Línea de actuación de colectivos con necesidades especiales y personas con discapacidad.

Línea de actuación de igualdad en la diversidad para lesbianas, gays, transexuales, bisexuales e intersexuales (en adelante LGTBI).

 

2. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos que promuevan campañas publicitarias, documentales, publicaciones, guías, jornadas, congresos y los que tengan por objeto la realización de obras para el desarrollo de las actividades previstas en el apartado 1 del presente artículo.

 

ARTÍCULO 3. Objetivos, efectos que se pretenden conseguir e indicadores de evaluación.

 

1. Los objetivos y efectos que se pretenden alcanzar con esta convocatoria, así como sus respectivos indicadores son los siguientes en función de las diferentes líneas de actuación:

 

A) Línea de actuaciónde igualdad entre mujeres y hombres

B) Línea de actuación de colectivos con necesidades especiales y personas con discapacidad.

C) Línea de actuación de igualdad en la diversidad para LGTBI.

 

Objetivos específicos:

 

1. Promover la erradicación de la violencia contra las mujeres

2. Fortalecer las capacidades de las mujeres en el acceso al empleo facilitando su desarrollo profesional y autonomía económica y removiendo las barreras derivadas de su posición en el mercado laboral.

3. Facilitar e incrementar la participación de las mujeres en todos los ámbitos.

4. Favorecer el cuidado y autonomía personal de personas adultas con discapacidad.

5. Actividades que faciliten el respiro a las familias cuidadoras de personas adultas con discapacidad.

6. Reducir la vulnerabilidad social de población gitana, población reclusa y exreclusa.

7. Sensibilización y concienciación a favor de la Igualdad en la diversidad en LGTBI.

 

Indicadores de actividad:

- N.º de participantes que inician los talleres.

- N.º de participantes inscritos en plazas de alojamiento.

- N.º de participantes inscritos en las diferentes actividades.

- N.º de avales solicitados.

Indicadores de resultados:

- N.º de personas solicitantes atendidas (desagregados por sexo).

- N.º de participantes que finalizan (taller, actividad, sesión…).

- N.º de participantes que ocupan las plazas de alojamiento.

- N.º de personas informadas, presencial, telefónica o telemáticamente.

- N.º de personas atendidas por especialistas en LGTBIfobia.

- N.º de personas que acceden al sistema público sanitario.

- N.º de actuaciones, talleres, actividades, sesiones o programas realizados de apoyo psicológico individual/grupal, de alfabetización digital, de habilidades socio-laborales, de formación, itinerarios individualizados de inserción, búsqueda activa de empleo, prospección empresarial, fomento del autoempleo, encaminadas al fomento de redes, al empoderamiento de las mujeres, HHSS, talleres de autoestima, participación, liderazgo, nuevas tecnologías, para todos los colectivos de actuación incluidos en esta convocatoria.

- N.º de atenciones psicológicas individuales/grupales, terapias, actuaciones de apoyo y asesoramiento jurídico realizadas, n.º de personas atendidas, n.º de trastornos, n.º de horas de atención.

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