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BOAM nº 8247 (28/09/2018)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

2000

Resolución de 26 de septiembre de 2018 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por la que se ordena la publicación de la Resolución de 26 de septiembre de 2018 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se modifica la Resolución del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se establece para el año 2018 el régimen ordinario de descansos en días festivos de lunes a viernes, el correspondiente a los sábados y los domingos y los turnos de descanso durante el período estival (BOAM de 20 de diciembre de 2017), en lo que se refiere al régimen ordinario de descansos los sábados y los domingos de los meses de octubre, noviembre y diciembre.

En virtud de lo establecido en el apartado 5º, punto 11.5 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 10 de noviembre de 2015), y a los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC),

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación de la Resolución de 26 de septiembre de 2018 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se modifica la Resolución núm. 314289 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se establece para el año 2018 el régimen ordinario de descansos en días festivos de lunes a viernes, el correspondiente a los sábados y los domingos y los turnos de descanso durante el período estival (BOAM de 20 de diciembre de 2017), en lo que se refiere al régimen ordinario de descansos los sábados y los domingos de los meses de octubre, noviembre y diciembre, con el siguiente contenido:

 

"Considerando lo dispuesto en los apartados uno y dos del artículo 37 de la Ordenanza Reguladora del Taxi, aprobada en el Pleno del Ayuntamiento de 28 de noviembre de 2012 y modificada en los Plenos de 30 de julio de 2014 (BOCM de 13 de agosto) y de 31 de octubre de 2017 (BOCM de 16 de noviembre), y lo dispuesto en la Resolución núm. 314289 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación por la que se establece para el año 2018 el régimen ordinario de descansos en días festivos de lunes a viernes, el correspondiente a los sábados y los domingos y los turnos de descanso durante el período estival.

 

Considerando las apreciaciones realizadas por las asociaciones representativas del sector, con el siguiente peso en la composición del Comité Madrileño de Transporte por Carretera, Sección de Transporte Público de Viajeros en Vehículos de Turismo, en la que participa el Sector del Taxi:

 

- Federación Profesional del Taxi: 41,30%.

- Asociación Gremial de Autotaxi: 31,17%.

- Asociación Élite Taxi Madrid: 13,27%.

- Asociación Madrileña del Taxi: 8,26%.

 

Considerando oportuna y adecuada la prórroga del refuerzo del servicio que se estableció para los meses de verano mediante la Resolución núm. 310690 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, refuerzo que incide especialmente en el mantenimiento de la continuidad del servicio durante los cambios de los turnos de descanso de las licencias.

 

Considerando que el Ayuntamiento, en el ejercicio de sus competencias, debe velar por que la prestación del servicio de taxi quede garantizada, sea de calidad y ofrezca la necesaria cobertura, para lo cual tiene atribuidas legalmente las competencias de ordenación y gestión contempladas en el artículo 4.1 de la Ley 20/1998, de 27 de noviembre, de Ordenación y Coordinación de los Transportes Urbanos de la Comunidad de Madrid.

 

Visto lo dispuesto en el apartado dos del artículo 37 de la Ordenanza Reguladora del Taxi, en virtud del cual: "El órgano municipal competente podrá establecer dentro del periodo máximo indicado en el último párrafo del apartado b) anterior la duración del descanso obligatorio los sábados y domingos (...)".

 

En uso de las atribuciones conferidas por el punto 11º, apartado 1.2 b), del Anexo del Acuerdo del 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad (BOCM de 10 de noviembre),

 

RESUELVO

 

PRIMERO: El régimen de descanso obligatorio para las licencias de autotaxi durante los sábados y los domingos de los meses de octubre, noviembre y diciembre queda fijado del siguiente modo:

 

- Las licencias cuyos ordinales terminen en número par permanecerán inactivas obligatoriamente los sábados impares, desde las 06:00 horas a las 01:00 horas del día siguiente, y los domingos impares desde las 07:00 horas de ese día hasta las 06:00 horas del siguiente.

- Las licencias cuyos ordinales terminen en número impar permanecerán inactivas obligatoriamente los sábados pares, desde las 06:00 horas a las 01:00 horas del día siguiente, y los domingos pares desde las 07:00 horas de ese día hasta las 06:00 horas del siguiente.

 

SEGUNDO: La presente resolución surtirá efectos desde la fecha en que se dicte, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación en el plazo de un mes o directamente recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente".

 

Madrid, a 26 de septiembre de 2018.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, José María Vicent García.

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