BOAM nº 7684 (20/06/2016)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
1409
Acuerdo 16 de junio de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se avoca la competencia para la realización de las obras de construcción del nuevo estadio de atletismo de Vallehermoso, un espacio polivalente para usos deportivos en la misma parcela y una pista de atletismo en el Centro Deportivo Municipal Hortaleza, y se delega en la Dirección General de Deportes del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.Por el Ayuntamiento de Madrid se van a realizar las obras consistentes en la construcción del nuevo estadio de atletismo de Vallehermoso y de un espacio polivalente para usos deportivos en la misma parcela, así como la construcción de una pista de atletismo en el Centro Deportivo Municipal Hortaleza.
En ambos casos, las obras consistirán en la construcción de las pistas de atletismo propiamente dichas, junto con los equipamientos necesarios para su uso específico, así como en la construcción de los vestuarios, almacenes y graderíos correspondientes.
De conformidad con lo previsto en el apartado 9.º1.4 a) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, corresponde a la Dirección General de Patrimonio la competencia de realizar las obras de construcción, gran reforma, rehabilitación y conservación de los inmuebles demaniales, patrimoniales y de aquellos que estén sujetos a cualquier tipo de uso del Ayuntamiento de Madrid, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, al Área de Gobierno de Cultura y Deportes y a los Distritos.
No obstante, existen razones técnicas que aconsejan que, de forma puntual, la realización de las obras mencionadas pueda impulsarse desde la Dirección General de Deportes. Dichas razones se derivan de la cualificación y especialización técnica del personal de la Dirección General de Deportes, dado su conocimiento específico y singular de las infraestructuras deportivas, así como de la especialidad técnica y la particularidad de su utilización, que hace necesaria la coordinación de los programas de necesidades a que deben responder las instalaciones en el ámbito de la gestión deportiva, con las actuaciones de construcción y mejora de las propias infraestructuras deportivas.
Asimismo, el nuevo estadio de atletismo de Vallehermoso y su espacio polivalente será un equipamiento de gran envergadura, único por sus características en la ciudad de Madrid que, junto con la pista cubierta de atletismo Gallur, en el Distrito de Latina, y la nueva pista de atletismo a construir en el Centro Deportivo Municipal Hortaleza, deben afrontarse bajo única supervisión directa, especializada en gestión deportiva, que garantice la coordinación de las actuaciones y la oferta deportiva de todas ellas, toda vez que este conjunto de instalaciones se destinará a la práctica del atletismo de alta competición, proporcionando servicio a toda la ciudad de Madrid, con una oferta deportiva que deberá estar definida antes de su ejecución por los técnicos deportivos especializados.
Siendo la Dirección General de Deportes el órgano gestor del contrato se posibilita que en la elaboración y supervisión del pliego de condiciones técnicas se contemplen todas las singularidades del equipamiento en cuestión, del procedimiento de contratación, así como del seguimiento y control de la ejecución del contrato.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, avoque la competencia previamente delegada en la Dirección General de Patrimonio conforme a lo dispuesto en el apartado 9.º1.4 a) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, y que tal competencia sea posteriormente delegada en la Dirección General de Deportes del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.
Por parte de la Dirección General de Deportes se manifiesta que la competencia delegada podrá ser desarrollada con sus propios recursos materiales, personales y económicos ordinarios, por lo que no se precisaría la elaboración de Análisis de Viabilidad, en aplicación de la Resolución de 4 de mayo de 2016 de la Gerente de la Ciudad, por la que se aprueba la Instrucción de aplicación de las directrices para la elaboración del análisis de viabilidad de acuerdos, decretos y resoluciones.
Las competencias en materia de contratación, gastos y convenios que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta del titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda y de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, que eleva la titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo en su calidad de Primera Teniente de Alcalde y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 16 de junio de 2016,
ACUERDA
PRIMERO.- Avocar la competencia delegada en la Dirección General de Patrimonio en el apartado 9.º1.4 a) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, única y exclusivamente en lo relativo a la realización de las obras de construcción del nuevo estadio de atletismo de Vallehermoso, un espacio polivalente para usos deportivos en la misma parcela y una pista de atletismo en el Centro Deportivo Municipal Hortaleza.
SEGUNDO.- Delegar en la Dirección General de Deportes del Área de Gobierno de Cultura y Deportes la competencia avocada en el apartado anterior.
Las competencias en materia de contratación, gastos y convenios que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes.
TERCERO.- Se faculta a la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes a dictar los Decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.
CUARTO.- Se faculta a la Gerencia de la Ciudad para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo.
QUINTO.- Quedan sin efecto todos los acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo.
SEXTO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
SÉPTIMO.- Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.
Madrid, a 16 de junio de 2016.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.