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BOAM nº 7356 (19/02/2015)
Agencia para el Empleo de Madrid

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Resolución de 12 de febrero de 2015 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se aprueba la convocatoria y bases reguladoras para la constitución de bolsa de trabajo para la selección de personal laboral a efectos de contratación temporal en puestos de Monitor de la Agencia para el Empleo de Madrid.

La Agencia para el Empleo de Madrid precisa, para el cumplimiento de sus objetivos de proporcionar a los ciudadanos desempleados madrileños los instrumentos necesarios para su inserción laboral y en el marco de los diferentes programas de Políticas Activas de Empleo, incorporar el personal necesario para las diferentes actividades derivadas de las referidas actuaciones.

 

Corresponde al Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal laboral, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2004, y con el Acuerdo de 23 de junio de 2006 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se delega la competencia para la contratación de personal laboral temporal en los Gerentes de los Organismos Públicos.

 

En consecuencia, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 15 de los mencionados Estatutos y del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 23 de junio de 2006,

 

RESUELVO

 

PRIMERO. Convocar un proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo para la selección de personal laboral a efectos de su contratación a tiempo cierto en puestos de monitor que se adjuntan como Anexo II para las especialidades:

 

Monitor Módulos de "Sistemas de información de mercados", "Marketing-mix internacional", "Negociación y compraventa internacional" para el Certificado de Profesionalidad de MARKETING Y RELACIONES PÚBLICAS, REF.: 2/2015.

 

Monitor Módulos de "Ingles profesional para comercio internacional" para el Certificado de Profesionalidad de MARKETING Y RELACIONES PÚBLICAS, REF.: 3/2015.

 

Monitor Módulos de "Francés profesional para comercio internacional" para el Certificado de Profesionalidad de MARKETING Y RELACIONES PÚBLICAS, REF.: 4/2015.

 

Monitor Módulos de "Seguridad en equipos informáticos", "Auditoría de seguridad informática", "Gestión de incidentes de seguridad informática", "Sistemas seguros de acceso y transmisión de datos", "Gestión de servicios en el sistema informático", para el Certificado de Profesionalidad de SEGURIDAD INFORMÁTICA, REF.: 5/2015.

 

Monitor Módulos de "Montaje y mantenimiento de sistemas de producción audiovisual en estudios y unidades móviles", "Montaje y mantenimiento de sistemas de transmisión para radio y televisión en instalaciones fijas y unidades móviles", para el Certificado de Profesionalidad de MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL Y DE RADIODIFUSIÓN, REF.: 6/2015.

 

Monitor Módulos de "Mecanizado básico", "Operaciones básicas en el montaje y mantenimiento de instalaciones solares térmicas", "Operaciones básicas en el montaje y mantenimiento de instalaciones solares fotovoltaicas", "Operaciones básicas en el montaje y mantenimiento de instalaciones eólicas de pequeña potencia", para el Certificado de Profesionalidad de OPERACIONES BÁSICAS EN EL MONTAJE Y MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES DE ENERGÍAS RENOVABLES, REF.: 7/2015.

 

Monitor Módulos de "Actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil", "Procesos grupales y educativos en el tiempo libre infantil y juvenil", "Técnicas y recursos de animación en actividades de tiempo libre", para el Certificado de Profesionalidad de DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE TIEMPO LIBRE EDUCATIVO INFANTIL Y JUVENIL, REF.: 8/2015.

 

Monitor Módulos de "Higiene y seguridad aplicadas en centros de belleza", "Cuidados estéticos básicos de uñas", "Depilación mecánica y decoloración del vello", "Maquillaje de día", para el Certificado de Profesionalidad de SERVICIOS AUXILIARES DE ESTÉTICA, REF.: 9/2015.

 

Monitor Módulos de "Normativa y política interna de gestión ambiental de la organización", "Aspectos ambientales de la organización", "Sistemas de gestión ambiental", "Prevención de riesgos ambientales", para el Certificado de Profesionalidad de GESTIÓN AMBIENTAL, REF.: 10/2015.

 

Monitor Módulos de "Contextos sociales de intervención comunitaria", "Prevención de conflictos", "Gestión de conflictos y procesos de mediación", "Valoración, seguimiento y difusión de acciones de mediación", "Impulso de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres", para el Certificado de Profesionalidad de MEDIACIÓN COMUNITARIA, REF.: 11/2015.

 

La presente convocatoria se regirá por las bases que se incorporan como Anexo a esta resolución.

 

SEGUNDO. El plazo de admisión de instancias para tomar parte en el presente proceso selectivo será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

En ambos casos, el recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 12 de febrero de 2015.- La Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

 

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL A EFECTOS DE SU CONTRATACIÓN TEMPORAL EN PUESTOS DE MONITOR EN EL ORGANISMO AUTÓNOMO AGENCIA PARA EL EMPLEO DE MADRID.

 

Primera. Objeto de la convocatoria.

 

1.1. Las presentes bases tienen por objeto regular la constitución de una bolsa de trabajo para la selección de personal laboral a efectos de su contratación temporal en puestos de Monitor, cuando las necesidades de la Agencia para el Empleo de Madrid requiera esta formula contractual no permanente.

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