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BOAM nº 9571 (14/02/2024)
Agencia Tributaria Madrid

467

Resolución de 8 de febrero de 2024 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se hace pública la concesión de la renovación y concesión de las ayudas de transporte en metálico del personal de la Agencia Tributaria Madrid convocatoria 2024.

El Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el período 2019-2022 actualmente vigente, recoge en el artículo 31, la ayuda de transporte en su modalidad de ayuda en metálico, que consistirá en el abono en nómina del personal que se encuentre en alguno de los supuestos tasados para su percepción, de una cantidad fija como ayuda de transporte.

 

Por otro lado, mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de 23 de noviembre de 2023 se han aprobado las bases generales y específicas de las ayudas de acción social para 2024.

 

En las citadas bases se recogen las bases específicas de ayudas de trasporte, y concretamente en su apartado B) la modalidad de ayuda de transporte en metálico para el personal con nombramiento o contrato temporal, así como para el personal municipal, ya sea funcionario de carrera o laboral fijo o indefinido, cumpla con alguno de los requisitos que señala el vigente Acuerdo Convenio.

 

Una vez tramitado de conformidad el expediente de renovación de la ayuda de transporte en metálico para 2024, por Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Directora de la Agencia Tributaria Madrid, se procedió a la renovación y concesión de las ayudas de transporte en metálico del personal municipal de la Agencia Tributaria Madrid, que cumple con los requisitos específicos establecidos en la convocatoria de 2024.

 

Las bases de las Ayudas de Acción Social, en su artículo 4 apartado 4, establece que la información referente a las ayudas de acción social se difundirá y publicitará a través de los siguientes canales de comunicación:

 

- Publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en Ayre de las resoluciones de actos administrativos.

- Publicación en el canal Ayre de información y avisos.

- Consulta individualizada de las ayudas solicitadas en Ayre para el personal municipal.

 

Por su parte el artículo 15.1 apartado l), de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, dispone que son funciones de la Directora, entre otras, la dirección y gestión de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Rector.

 

En consecuencia con lo anteriormente expuesto,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Hacer pública la adopción de la Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Directora de la Agencia Tributaria Madrid, por la que se procede a la renovación y concesión de las ayudas de transporte en metálico del personal municipal de la Agencia Tributaria Madrid que cumple con los requisitos específicos establecidos en la convocatoria de 2024.

 

SEGUNDO.- Ordenar la publicación en el canal Ayre del correspondiente aviso o nota informativa. De este modo se podrá realizar consulta individualizada de las ayudas concedidas, consultando su ayuda en la ruta Ayre/Mi área personal/Mis ayudas/Solicitar una ayuda/Ayudas solicitadas, sin perjuicio de la custodia del expediente original en la sede del Servicio de Coordinación Administrativa y Recursos Humanos de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, 5, 28005 Madrid. Asimismo, se remitirá aviso individualizado al correo personal corporativo de las personas beneficiarias.

 

TERCERO.- Contra esta resolución, el personal funcionario, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid de conformidad con lo que establece el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

El personal laboral podrá interponer demanda ante el Juzgado o Sala competente de la Jurisdicción Social dentro del plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, conforme establece el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

 

Todo ello sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, conforme a lo dispuesto en el artículo 40.2 la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 8 de febrero de 2024.- La Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Gema T. Pérez Ramón.

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