BOAM nº 7363 (02/03/2015)
Distrito de Puente Vallecas
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Decreto de 23 de febrero de 2015 de la Concejal Presidenta del Distrito de Puente de Vallecas por el que se aprueban las bases por las que se regirá la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana para la anualidad 2015.En el marco establecido por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013 y publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 278, de 22 de noviembre de 2013 -en adelante OGS-; y en virtud de la competencia que tienen atribuida por Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 24 de enero de 2013, por el que se establece la organización y estructura de los Distritos y se delegan competencias en las Juntas Municipales, en los Concejales Presidentes y en los Gerentes de los Distritos y de conformidad con en el Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la tramitación de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, se aprueba la Convocatoria pública para la concesión de subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del año 2015 en el Distrito de Puente de Vallecas, con arreglo a las siguientes especificaciones:
Artículo 1.- Ámbito y objeto de la convocatoria.
1. El Ayuntamiento de Madrid, a través del Distrito de Puente de Vallecas, de acuerdo a los objetivos y líneas establecidas en el Plan Estratégico de Subvenciones aprobado por Decreto de 30 de diciembre de 2014, de la Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana y dentro de los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Ayuntamiento de Madrid para 2015, convoca la concesión de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para el año 2015, dirigida a todas las asociaciones de base que tengan su domicilio social en este Distrito y estén inscritas y declaradas de utilidad pública municipal en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la OGS.
2. La presente convocatoria, que se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva, se refiere a las siguientes modalidades de subvención:
2.1. Modalidad de Proyectos
Una de las finalidades de esta convocatoria de subvenciones es la promoción de la participación ciudadana y el fomento del asociacionismo a través de proyectos que impliquen participación y que tengan un carácter complementario respecto de los objetivos y competencias municipales, destinados a fortalecer las relaciones entre la entidad y sus asociados, fomentar la incorporación de nuevos socios a las entidades y facilitar la difusión de la entidad y sus actividades en el ámbito del Distrito.
Las entidades que presenten proyectos de estas características deberán acceder a la convocatoria por la modalidad de Proyectos.
2.2. Modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales.
Asimismo, otra finalidad de la convocatoria es garantizar la continuidad y el correcto funcionamiento de las asociaciones del Distrito. Las entidades que presenten solicitudes para sufragar gastos de alquiler y funcionamiento de sede social accederán a la convocatoria por la modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales.
Artículo 2.- Líneas de actuación.
A los efectos previstos en esta convocatoria se valorarán solamente aquellas solicitudes que se encuadren dentro de una de las siguientes líneas de actuación:
Para la modalidad de Proyectos se establecen las siguientes líneas de actuación:
Línea 1.- Fortalecer las relaciones entre la entidad y sus socios.
Línea 2.- Fomentar la incorporación de nuevos socios a las entidades y facilitar la difusión de la entidad y de sus actividades en el ámbito del Distrito.
Para la modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales se establece la siguiente línea de actuación:
Garantizar la continuidad y el correcto funcionamiento de las asociaciones de los Distritos.
Artículo 3.- Modalidad de proyectos. Efectos que se pretenden conseguir e indicadores de evaluación.
Siguiendo las líneas del Plan Estratégico de Subvenciones, los proyectos, para ser subvencionados, deberán contribuir a los siguientes objetivos operativos, cuyo resultado se estimará con los indicadores de actividad y de resultado definidos para cada uno de ellos.
Línea 1.- Fortalecer las relaciones entre la entidad y sus socios.
Objetivo Operativo 1.- Promover encuentros con los socios miembros de la entidad, contribuyendo al intercambio de experiencias.
Indicador de actividad: número de horas del encuentro.
- Fórmula de cálculo: Sumatorio.
- Fuente de verificación: Certificado sobre la realización de la actividad y sus horas de duración, acompañado del programa del encuentro.
Indicador de resultado: grado de satisfacción de los asistentes.
- Fórmula de cálculo: valoración media de satisfacción de los asistentes en escala de 0 a 10.
- Fuente de verificación: Certificado indicativo del número de cuestionarios realizados y de la media aritmética obtenida. Se acompañará del modelo de cuestionario.
Objetivo Operativo 2.- Promover la formación del personal de las juntas directivas, profesionales, colaboradores y voluntariado de las asociaciones, a través de la organización de acciones formativas, en contenidos relacionados con la categoría y los fines de la entidad.
Indicador de actividad: número de plazas ofertadas.
- Fórmula de cálculo: Sumatorio.
- Fuente de verificación: Certificado sobre el número de plazas ofertadas.
Indicador de resultado: grado de satisfacción de los asistentes.
- Fórmula de cálculo: valoración media de satisfacción de los asistentes en escala de 0 a 10.
- Fuente de verificación: Certificado indicativo del número de cuestionarios realizados y de la media aritmética obtenida. Se acompañará del modelo de cuestionario.
Objetivo Operativo 3.- Crear nuevos servicios para los asociados.
Se entenderá por nuevo servicio, aquél que no haya sido prestado en los últimos 5 años.
Indicador de actividad: número de usuarios
Fórmula de cálculo: Sumatorio.
Fuente de verificación: Certificado que contenga información sobre el número de usuarios de los nuevos servicios.
Indicador de resultado: grado de satisfacción de los usuarios.
- Fórmula de cálculo: valoración media de satisfacción de los usuarios en escala de 0 a 10.
- Fuente de verificación: Certificado indicativo del número de cuestionarios realizados y de la media aritmética obtenida. Se acompañará del modelo de cuestionario.
Línea 2.- Fomentar la incorporación de nuevos socios a las entidades y facilitar la difusión de la entidad y de sus actividades en el ámbito del Distrito.
Objetivo Operativo 1.- Apoyar proyectos destinados a la búsqueda de nuevos socios para que se incorporen a la entidad.
Indicador de actividad: número de acciones de difusión destinadas a la captación nuevos asociados.
- Fórmula de cálculo: Sumatorio.
- Fuente de verificación: Certificado indicativo de las acciones de difusión realizadas. A este certificado acompañará el material de difusión empleado.
Indicador de resultado: número de nuevos socios.