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BOAM nº 8039 (24/11/2017)
Distrito de Chamberí

2521

Decreto de 6 de septiembre de 2017 del Concejal Presidente del Distrito de Chamberí por el que se hace pública la subvención concedida en base a la convocatoria del Concurso para la elección del cartel oficial de las fiestas del Carmen del Distrito de Chamberí para el año 2017.

De acuerdo con las Bases Reguladoras de la convocatoria del Concurso para la elección del cartel oficial de las fiestas del Carmen del Distrito de Chamberí para el año 2016, aprobadas por Decreto del Concejal Presidente de fecha 29 de marzo de 2017, finalizando los trámites establecidos en artículo 9 de las mismas, relativos a la resolución del procedimiento, se concede a la Asociación Casa de Cultura y Participación Ciudadana el siguiente premio:

 

El Concejal Presidente del Distrito de Chamberí, por Decreto de fecha 6 de septiembre de 2017, ha aprobado:

 

1.º) Conceder a la Asociación Casa de Cultura y Participación Ciudadana una subvención por un importe total de 1.500 €, como ganadora del primer premio de la convocatoria del Concurso para la elección del cartel oficial de las fiestas populares del Carmen del Distrito de Chamberí para el año 2017- Adultos, de conformidad con el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2.º) Disponer el gasto correspondiente a la subvención que se conceda al amparo de esta convocatoria, mediante la autorización del gasto, que se imputará a la partida 2017/001/207/334.01/482.03 "Actividades Culturales / Premios" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2017, por importe de 1.500 euros.

De conformidad con el artículo 45.1 LPCAP, dicha publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos.

 

Lo que le notifico para su conocimiento y efecto, advirtiéndole que contra la expresada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos que se indican a continuación, sin perjuicio de que el/la interesado/a ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas - BOE número 236, de 2 de octubre de 2015):

 

I.- Con carácter general:

- Recurso Potestativo de Reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso sin haberse notificado resolución expresa, podrá considerar desestimado el mismo al objeto de interponer, en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el mismo, recurso contencioso- administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o esperar a su resolución expresa.

 

- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación.

 

II.- En especial, para actos sobre aplicación de los tributos locales:

 

- Reclamación economico-administrativa, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, mediante escrito dirigido al órgano que ha dictado el acto objeto de la reclamación, que lo remitirá al Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid para su tramitación y resolución. Transcurrido el plazo de un año, o seis meses en reclamaciones de cuantía inferior a 600 euros, desde la interposición de la reclamación sin haberse notificado resolución expresa, podrá considerar desestimada la misma al objeto de interponer, en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimada la reclamación económico-administrativa, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, o esperar a su resolución expresa.

  

- No obstante, podrá, con carácter potestativo, presentar previamente recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación. Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso sin haberse notificado resolución expresa, podrá considerar desestimado el mismo al objeto de interponer, en el plazo de un mes desde el día siguiente a aquel en que se entienda desestimado el recurso, reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid, o esperar a su resolución expresa.

 

Madrid, a 6 de septiembre de 2017.- El Concejal Presidente del Distrito de Chamberí, Jorge García Castaño.

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