BOAM nº 5907 (01/04/2009)
Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
611
Resolución de 16 de marzo de 2009 de la Coordinadora General de Urbanismo por la que se hace pública la Instrucción 1/2009 relativa al funcionamiento del sistema de consultas “on line” de disciplina urbanística.El Plan Director de Disciplina Urbanística de la Ciudad de Madrid aprobado por la titular del Área de Urbanismo y Vivienda el 15 de diciembre de 2008 prevé en sus líneas estratégicas la coordinación con las Juntas Municipales de Distrito para fortalecer la protección y el restablecimiento de la legalidad urbanística.
Entre las actuaciones para el establecimiento de los cauces adecuados de coordinación se incorpora la creación de un sistema de consultas de disciplina urbanística "on line". Este sistema viene funcionando desde la presentación del Plan Director a los Equipos Técnicos y Jurídicos de las Juntas Municipales de Distrito el pasado 2 de diciembre de 2008, y se ha utilizado de forma activa sobre todo con motivo de la aplicación de la campaña de inspección de discotecas y locales de ocio nocturno.
La ficha del proyecto contempla no sólo la implantación del sistema sino también la elaboración de una instrucción que contenga el protocolo según el cual deban formalizarse las consultas emanadas de los servicios de disciplina urbanística con las Juntas Municipales de Distrito y la contestación a las mismas.
El sistema que se articula se caracteriza por la celeridad en la formulación y en la contestación de las consultas, para que, con la utilización de las herramientas tecnológicas adecuadas, los funcionarios responsables de la tramitación de los procedimientos de disciplina urbanística puedan plantear las dudas que se les presenten y ser éstas contestadas sin mayores formalidades.
El sistema de consultas está previsto como un mecanismo de orientación y solución de las dificultades que puedan surgir en las tareas diarias, y no como un órgano de asesoramiento vinculante. Para esta última tarea se ha constituido el Grupo de Trabajo para el Seguimiento y Mejora del Plan Director de Disciplina Urbanística, órgano colegiado de carácter consultivo, de coordinación y propuesta que se rige por sus propias normas de funcionamiento.
La competencia para la aprobación de la presente instrucción corresponde a la Coordinadora General de Urbanismo a propuesta del Director General de Ejecución y Control de la Edificación, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 3 de abril de 2008 por el que se aprueban las medidas para la mejora de los servicios de concesión de licencias urbanísticas y de Disciplina Urbanística.
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE CONSULTAS "ONLINE" DE DISCIPLINA URBANÍSTICA
1.- Contenido y Requisitos.
1.a) Los funcionarios y autoridades de las Juntas Municipales de Distrito podrán formular al Servicio de Disciplina Urbanística consultas para solucionar cuantas dudas se planteen en la tramitación, resolución y ejecución de los expedientes de restablecimiento de la legalidad urbanística y los sancionadores derivados de la comisión de infracciones urbanísticas.
También se podrán formular consultas generales que no tengan por objeto cuestiones planteadas en un expediente administrativo concreto, siempre que se justifique su aplicabilidad a supuestos que previsiblemente puedan producirse en las dependencias implicadas.
1.b) Las consultas deberán incluir una referencia somera a los antecedentes de hecho, un breve informe con las dudas planteadas y motivación de la consulta, y una propuesta con la solución que, a juicio del proponente, procedería aplicar.
2.- Sujetos legitimados y requisitos.
Podrán formular las consultas "on line" de disciplina urbanística todos los funcionarios y autoridades de las Juntas Municipales de Distrito con responsabilidades en la instrucción, resolución y ejecución de expedientes de disciplina urbanística y expedientes sancionadores derivados de éstos, sin necesidad de recabar la conformidad de los titulares de las unidades a las que pertenezcan.
3.- Tramitación de las consultas.
Las consultas se remitirán vía e-mail al buzón de la jefatura del Servicio de Disciplina Urbanística, jefdptodisurb@munimadrid.es, adjuntando cuantos datos sean precisos.
La contestación a las consultas se cursarán por la misma vía en el más breve plazo posible. Cuando varias consultas de la misma o distinta Junta de Distrito sean de contenido similar podrán acumularse y ser objeto de contestación conjunta para todas ellas o remitirse a la contestación cursada en ocasiones anteriores.
4.- Efectos.
La contestación a las consultas de disciplina urbanística a través del sistema "on line" no tienen carácter vinculante, y los funcionarios o autoridades que las formulen o sus superiores jerárquicos, podrán apartarse del criterio establecido en la contestación, sin perjuicio de lo que se disponga más adelante.
5.- Registro y difusión.
El Servicio de Disciplina Urbanística creará un registro ordenado de las consultas formuladas por las Juntas Municipales de Distrito y de la contestación a las mismas.
El Servicio de Disciplina Urbanística elevará periódicamente al Grupo de Trabajo para el Seguimiento y Mejora del Plan Director de Disciplina Urbanística un extracto con las consultas y contestaciones elaboradas. Una vez sometidas a la consideración de dicho órgano se procederá a su difusión entre las Juntas Municipales de Distrito.
El Grupo de Trabajo para el Seguimiento y Mejora del Plan Director de Disciplina Urbanística podrá, a petición de cualquiera de sus miembros, someter a deliberación y dictamen cualquier consulta ya contestada o pendiente de contestación. El dictamen que en su caso se emita tendrá carácter vinculante para el supuesto concreto que se trate así como para otros casos similares que puedan surgir en la misma o en otras Juntas Municipales de Distrito.
Madrid, a 16 de marzo de 2009.- La Coordinadora General de Urbanismo, Beatriz Lobón Cerviá.