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BOAM nº 9575 (20/02/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

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Decreto de 15 de febrero de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la III convocatoria del Distintivo a la Excelencia en Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

La Estrategia de Transformación de la Gestión de Recursos Humanos en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, acordada entre la representación de la Corporación y las organizaciones sindicales UGT, CCOO, CSIF y CITAM, recoge en su segundo eje una batería de medidas en materia de relaciones laborales, entre las que se encuentra la convocatoria anual de un distintivo de buenas prácticas en materia de prevención de riesgos laborales. Así se indica que en el ámbito del Comité de Seguridad y Salud del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos se impulsará la convocatoria anual de un distintivo que reconozca aquellas actuaciones más relevantes llevadas a cabo por las unidades y el personal del Ayuntamiento en materia de prevención de riesgos laborales.

 

En cumplimiento de lo señalado, durante el ejercicio 2022 se desarrolló la I convocatoria del Distintivo a la Excelencia en Prevención de Riesgos Laborales, premiándose las candidaturas presentadas por Madrid Salud y el Área de Gobierno de Familia, Igualdad y Bienestar Social. Posteriormente, en 2023 se publicó la II convocatoria, resultando premiadas las candidaturas correspondientes a la Dirección General de Policía Municipal y al Área de Gobierno de Vicealcaldía. Valoradas favorablemente ambas convocatorias procede iniciar una nueva para el ejercicio 2024. En este sentido el contenido de las bases para la III convocatoria ha sido presentado en el Comité de Seguridad y Salud del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos en la reunión mantenida el 30 de enero de 2024.

 

La convocatoria recoge la esencia del artículo 5 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en el que se promueve el fomento de: "actividades en orden a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo y la reducción de los riesgos laborales, la investigación o fomento de nuevas formas de protección y la promoción de estructuras eficaces de prevención".

 

El objetivo del distintivo es reconocer la labor desarrollada en el campo de la prevención de riesgos laborales, distinguiendo aquellas actuaciones que contribuyan, de forma relevante, a la promoción de la seguridad y la salud laboral en los centros de trabajo.

 

A través del conocimiento de los programas preventivos premiados en cada convocatoria, se pretende dar difusión de las buenas prácticas preventivas que inciden en la mejora de las condiciones de trabajo del personal municipal, así como el fomento de la cultura preventiva presente en el Ayuntamiento.

 

El galardón asignado a una unidad o centro directivo concreto consistirá en un diploma y una dotación económica destinada a financiar actividades desarrolladas en la promoción de la seguridad y salud, así como en la mejora de las condiciones preventivas en el entorno laboral. El reconocimiento al personal municipal se materializará en el correspondiente diploma. También se reconocerá la participación a las candidaturas que no resulten premiadas en agradecimiento a la labor preventiva desarrollada.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3º 2.20 h) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda  

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar las bases reguladoras que figuran en el anexo y hacer pública la III convocatoria del Distintivo a la Excelencia en Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos del ejercicio 2024.

 

SEGUNDO.- El importe máximo del premio es de 10.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 001/140/920.05/482.03 "premios".

 

TERCERO.- El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde la entrada en vigor del presente decreto.

 

Las solicitudes deberán presentarse por los medios y lugares establecidos en las bases de la convocatoria, según los formularios establecidos en los anexos II y III.

 

CUARTO.- El decreto surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, sin perjuicio de su publicación en la intranet del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 15 de febrero de 2024.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.

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