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BOAM nº 6202 (11/06/2010)
Agencia de Gestión de Licencias de Actividades

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Resolución de 27 de mayo de 2010 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades por la que se rectifica el error advertido en la publicación de la Resolución de 8 de abril de 2010, por la que se da publicidad a los precios a percibir por la entidad colaboradora en la gestión de licencias urbanísticas denominada Auditora Ambiental de Acústica y de Telecomunicación, S.L.U. (AUCATEL).

Advertido error material en la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid nº 6.168, de 23 de abril de 2010, de la Resolución de 8 de abril de 2010, del Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 23 de abril de 2010), por la que se da publicidad a los precios a percibir por la entidad colaboradora en la gestión de licencias urbanísticas denominada Auditora Ambiental de Acústica y de Telecomunicación, S.L.U. (AUCATEL), y de conformidad con el Decreto de 8 de febrero de 2007 del Concejal de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se aprueban las instrucciones para la edición y publicación del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid,

 

RESUELVO

 

Corregir el anuncio número 771, publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de 23 de abril de 2010, por el que se publica la Resolución de 8 de abril de 2010, del Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades por la que se da publicidad a los precios a percibir por la entidad colaboradora en la gestión de licencias urbanísticas denominada Auditora Ambiental de Acústica y de Telecomunicación, S.L.U. (AUCATEL), en el siguiente sentido:

 

En la página 7, en el apartado II del Anexo relativo al procedimiento de licencias para implantación o modificación de actividades, debe insertarse en la letra b) del punto 2), in fine, el siguiente concepto y su correspondiente precio:

 

 

CONCEPTO

PRECIO ( Euros )

Cuando la potencia exceda de 2.500 Kw, se incrementará la tarifa resultante de los apartados anteriores, por cada 10 Kw, o fracción de exceso en

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Madrid, a 27 de mayo de 2010.- El Gerente de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, Jesús Mora de la Cruz.

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