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BOAM nº 6058 (06/11/2009)
Agencia Tributaria Madrid

2153

Resolución de 30 de octubre de 2009 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se hace pública la relación provisional de trabajadores de dicha Agencia que han solicitado la Ayuda de Estudios para la formación de los hijos, curso 2008-2009, y deben subsanar o aportar documentación.

Por Resolución de la Directora General de Relaciones Laborales de fecha 23 de abril de 2009, se publicaron en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (en adelante BOAM), de fecha 29 de abril de 2009, las bases reguladoras de las Ayudas de Estudios para la formación de los hijos, curso 2008-2009.

 

Las citadas bases establecen en su apartado 7 el plazo de presentación de solicitudes, que comenzó el día 1 de junio de 2009 y finalizó el 15 de julio de 2009, ambos inclusive.

 

Efectuada la convocatoria de la citada ayuda, se ha procedido a la revisión de las ayudas solicitadas, comprobándose los solicitantes que deben subsanar faltas o aportar documentación, por lo que se va a proceder a la publicación de la oportuna relación.

 

Conforme con el art. 15.1 apartado l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, son funciones de la Directora, entre otras, la dirección y gestión de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Rector.

 

En consecuencia con lo anteriormente expuesto, se eleva a la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, para su aprobación, la siguiente propuesta de Resolución:

 

"Primero.- Publicar la relación de trabajadores adscritos a la Agencia Tributaria Madrid, solicitantes de Ayudas de Estudios para la formación de los hijos, curso 2008-2009, que deben subsanar o aportar documentación, incluidos en los Anexos I y II, del personal funcionario y laboral, respectivamente.

 

Segundo.- Ordenar la exposición de la citada relación en el tablón de anuncios de la S.G. de Secretaría Técnica de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, nº 5, segunda planta y en la intranet municipal Ayre, con fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

En virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOAM, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida; de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición.

 

Madrid, a 30 de octubre de 2009.- La Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Rosa Ana Navarro Heras.

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