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BOAM nº 7064 (10/12/2013)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

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Decreto de 3 de diciembre de 2013 del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se dispone una corrección de errores en su Decreto de 19 de noviembre de 2013, por el que se actualizan para el año 2014 las tarifas de los aparcamientos municipales mixtos y de rotación de la Ciudad de Madrid.

Advertido error material en la página 6 del Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) n.º 7.058, de 29 de noviembre, sección B), "Disposiciones y Actos", en la que se publica la Resolución de 25 de noviembre de 2013 de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por la que se ordena la publicación del Decreto n.º 0621, de 19 de noviembre de 2013, del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por el que se actualizan para el año 2014 las tarifas de los aparcamientos municipales mixtos y de rotación de la Ciudad de Madrid, en virtud de lo previsto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con el Acuerdo de la Junta de Gobierno de Delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos de 24 de enero de 2013, y con el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 19 de julio de 2012, por el que se establecen directrices para la determinación de las tarifas por la prestación de servicios públicos por empresas o sociedades mercantiles, dispongo:

 

Primero.- Subsanar el error aritmético apreciado en dicha publicación en el siguiente sentido:

 

En el cuadro de dos columnas encabezadas de izquierda a derecha con dos celdas que contienen los títulos "TIEMPO DE ESTANCIA" y "TARIFA", en la celda inmediatamente inferior a "TARIFA", donde dice 0,0424 euros/minuto, debe figurar 0,0412 euros/minuto.

En la siguiente celda de la misma columna donde dice 0,0380 euros/minuto debe figurar 0,0370 euros /minuto.

En la siguiente celda de igual columna donde dice 0,0507 euros/minuto debe figurar 0,0494 euros/minuto.

En la siguiente celda donde dice 32,4500 euros debe figurar 31,6000 euros.

 

El cuadro resultante es el siguiente:

 

TIEMPO DE ESTANCIA

TARIFA

De 0 a 30 minutos

0,0412 euros / minuto

De 31 a 90 minutos

0,0370 euros / minuto

De 91 a 660 minutos

0,0494 euros / minuto

De 661 minutos hasta un máximo de 24 horas

31,6000 euros

Segundo.- Ordenar la publicación de este Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM), para general conocimiento de sus destinatarios, de conformidad con el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Madrid, a 3 de diciembre de 2013.- El Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Diego Sanjuanbenito Bonal.

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