BOAM nº 7506 (28/09/2015)
Distrito de San Blas-Canillejas
1826
Resolución de 13 de julio de 2015 del Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se requiere para la aportación de documentación a Y. Y. C. V., con Tarjeta de Residencia X8964840S, expediente número 117/2015/02234.De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la presente resolución por la que se requiere a Y. Y. C. V., con Tarjeta de Residencia número X8964840S para que aporte la documentación requerida en el expediente 117/2015/02234, de conformidad con la Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de los animales (aprobada por Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de julio de 2001, BOCM de 31 de agosto de 2001).
El texto íntegro de esta resolución, así como el expediente tramitado, podrán ser consultados por el/los interesado/s en el Negociado de Servicios Sanitarios del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.
Se le concede el plazo de diez días hábiles, que contará a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Tablón Edictal Único del Boletín Oficial del Estado, para:
Presentar la documentación correspondiente al perro implicado en las denuncias de Policía Municipal del día 3 de mayo de 2015 (boletines n.º 1305867 y 1305868), consistente en: cartilla de vacunaciones, certificado de identificación censal y seguro de responsabilidad civil para tenencia de perros que cubra la indemnización por los posibles daños que pudiera ocasionar a las personas o bienes. Artículos 5, 6.2, 8 y 9.3 de la precitada ordenanza.
De forma inmediata:
Deberá cumplir que en los espacios públicos y en los privados de uso común, los animales de compañía deberán de circular siempre acompañados y conducidos mediante correa o cordón resistente que permita su control. Artículo 10.1 de la precitada ordenanza.
Apercibir al interesado que en el caso de no cumplimentar lo ordenado le serán impuestas las sanciones previstas en la precitada ordenanza, así como en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dicha documentación se podrá presentar en cualquiera de los registros de las Juntas Municipales de Distrito y en los registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid o en cualquiera de los lugares y formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, indicando el número de expediente.
Madrid, a 13 de julio de 2015.- El Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.