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BOAM nº 7838 (02/02/2017)
Agencia para el Empleo

216

Resolución de 28 de diciembre de 2016 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se hace pública la resolución definitiva de la convocatoria pública de subvenciones a empresas que desarrollen proyectos de formación con compromiso de contratación.

La Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid de conformidad con el artículo 16 de la convocatoria pública de subvenciones para empresas con compromiso de contratación del ejercicio 2016,

 

RESUELVE

 

PRIMERO: Aprobar con carácter definitivo la concesión de subvenciones a los ocho proyectos propuestos y la cantidad asignada a cada uno de ellos por la Comisión de Valoración, constituida en virtud del artículo 13 de la convocatoria pública de subvenciones para empresas con compromiso de contratación del ejercicio 2016, según la relación que se adjunta.

 

SEGUNDO: El importe total de los ocho proyectos propuestos como beneficiarios asciende a 329.948,60 € (trescientos veintinueve mil novecientos cuarenta y ocho euros  con sesenta céntimos) y quedará un importe de 157.776,40 € (ciento cincuenta y siete mil setecientos setenta y seis euros con cuarenta céntimos) como resto del crédito destinado a este convocatoria.

 

Contra la presente resolución,que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses ante el órgano jurisdiccional competente a que se refiere el siguiente apartado (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

2. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto (artículo 46.1. de la Ley 29/1998, de 13 de julio). El recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en cuya circunscripción tenga su sede el órgano que hubiere dictado la disposición del acto originario impugnado (artículos 8.1, y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio).

 

Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre).

 

Madrid, a 28 de diciembre de 2016.- La Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belen García Díaz.

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