BOAM nº 6184 (17/05/2010)
Informática del Ayuntamiento de Madrid
1022
Resolución de 13 de mayo de 2010 del Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid por la que se hacen públicas las ayudas asistenciales concedidas y denegadas a los trabajadores, jubilados y pensionistas de este Organismo Autónomo, correspondientes a solicitudes presentadas entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2010.Por Resolución de 22 de enero de 2010 de la Directora General de Relaciones Laborales se hacen públicas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 2 de febrero de 2010, las Bases Reguladoras para el año 2010 de las ayudas de Acción Social, aprobadas por la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.
Conforme a las citadas Bases Reguladoras, Anexo II, pueden solicitar ayudas asistenciales el personal en activo, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos que cumplan los requisitos establecidos en el ámbito de aplicación del Acuerdo de la Mesa General de Negociación.
Conforme al procedimiento establecido en el Anexo II, apartado 11, de las citadas Bases, efectuada la convocatoria de las citadas ayudas asistenciales, se ha procedido a la revisión de las solicitudes presentadas entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2010, habiendo finalizado el plazo de subsanación.
Las ayudas que cumplían requisitos fueron concedidas por Resoluciones del Gerente de fechas 8 de marzo y 21 de abril de 2010.
Las ayudas que no cumplían requisitos para su concesión han sido denegadas por Resolución del Gerente de fechas 24 de marzo y 7 de mayo de 2010.
En aplicación de los citados apartados de las Bases Reguladoras de la ayuda, procede publicar las relaciones de ayudas concedidas y denegadas correspondientes a las solicitudes presentadas entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2010.
Por todo cuanto antecede, el Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 15.1,k) de los Estatutos del citado Organismo Autónomo, en la redacción dada a los mismos por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de fecha de 31 de enero de 2008 (BOAM del 7 de febrero de 2008),
RESUELVO
Hacer pública las Resoluciones del Gerente por la que se conceden y se deniegan las ayudas asistenciales a trabajadores, jubilados y pensionistas del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, correspondientes a las solicitudes presentadas entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2010.
Ordenar la exposición de las relaciones de ayudas asistenciales concedidas y denegadas a trabajadores, jubilados y pensionistas del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid correspondientes a solicitudes presentadas entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2010 en el tablón de anuncios ubicado en la calle Albarracín 33, planta baja y en la intranet municipal Ayre, con fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados incluidos en las relaciones publicadas, o bien aquellos que habiendo presentado solicitud en tiempo y forma, no figuraran en dichas relaciones de ayudas concedidas ni denegadas, podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Madrid, a 13 de mayo de 2010.- El Gerente del Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid, Jorge García Reig.