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BOAM nº 8977 (17/09/2021)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

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Resolución de 14 de septiembre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se resuelve la bolsa de trabajo de funcionarios/as interinos/as, convocada por Resolución de 21 de diciembre de 2018 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal, para el acceso a la categoría de Músico/a de la Banda Municipal del Ayuntamiento de Madrid en las siguientes especialidades: Fagot-Contrafagot, Saxo Soprano, Fliscorno, Violonchelo, Bombardino-Barítono Metal, Requinto, Percusión, Oboe-Corno Inglés, Flauta-Flautín, Trompeta, Trombón.

Por la Subdirección General de Selección se ha formulado con fecha 13 de septiembre de 2021 propuesta de resolución de la bolsa de trabajo de funcionarios/as interinos/as para el acceso a la categoría de Músico/a de la Banda Municipal del Ayuntamiento de Madrid para las siguientes especialidades: Flautín-Flauta, Oboe-Corno Inglés, Fagot/Contrafagot, Requinto, Clarinete Sib/Clarinete Alto, Clarinete Bajo/Contrabajo, Saxo Soprano, Saxo Alto/Tenor/Barítono/Bajo, Trompa, Trompeta, Fliscorno, Trombón, Bombardino/Barítono Metal, Tuba, Violonchelo, Contrabajo, Arpa, Piano y Percusión, convocada por Resolución de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal de 21 de diciembre de 2018 (BOAM núm. 8.307, de 2 de enero de 2019).

 

Por Resolución del 17 de abril de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos se resolvió parcialmente la bolsa de trabajo de funcionarios/as interinos/as, convocada por Resolución de 21 de diciembre de 2018 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal, para el acceso a la Categoría de Músico/a de la Banda Municipal del Ayuntamiento de Madrid, para las especialidades de Clarinete Sib/Clarinete Alto, Clarinete Bajo/Contrabajo, Saxo Alto/Tenor/Barítono/Bajo, Trompa, Tuba, Contrabajo, Arpa y Piano.

 

Finalizado el proceso selectivo de las especialidades de Fagot-Contrafagot, Saxo Soprano, Fliscorno, Violonchelo, Bombardino-Barítono Metal, Requinto, Percusión, Oboe-Corno Inglés, Flauta-Flautín, Trompeta y Trombón, la comisión de valoración ha publicado la relación de aspirantes seleccionados/as, ordenados según la puntuación obtenida, para su posterior elevación al titular del órgano competente, que dictará Resolución de la bolsa de trabajo y dispondrá su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica Municipal (www.madrid.es), todo ello de conformidad con lo dispuesto en las Bases 5.8 y 7 que rigen el proceso selectivo de una bolsa de trabajo de funcionarios/as interinos/as para el acceso a la categoría de Músico/a de la Banda Municipal del Ayuntamiento de Madrid, aprobadas por Resolución de 21 de diciembre de 2018 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal (BOAM núm. 8.307, de 2 de enero de 2019).

 

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 11º.1.2 b) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 168, de 17 de julio de 2019), modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm. 8.573, de 3 de febrero de 2020), corresponde al Director General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

Por todo cuanto antecede, vengo en aprobar la siguiente

 

RESOLUCIÓN

 

PRIMERO.- Resolver, de conformidad con la propuesta de la comisión de valoración, la bolsa de trabajo de funcionarios/as interinos/as para el acceso a la categoría de Músico/a de la Banda Municipal del Ayuntamiento de Madrid, convocado por Resolución de 21 de diciembre de 2018 de la Directora General de Planificación y Gestión de Personal, para las especialidades de Fagot-Contrafagot, Saxo Soprano, Fliscorno, Violonchelo, Bombardino-Barítono Metal, Requinto, Percusión, Oboe-Corno Inglés, Flauta-Flautín, Trompeta y Trombón, que se incorpora como anexo a la presente resolución.

 

SEGUNDO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes de la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 14 de septiembre de 2021.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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