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BOAM nº 7993 (18/09/2017)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1939

Acuerdo de 14 de septiembre de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se modifica el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.

El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.

 

Mediante Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se estableció la organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.

 

El presente Acuerdo tiene por objeto modificar parcialmente aquel, en particular su apartado 8º bis, relativo a las competencias de la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social, en el sentido de suprimir la referencia a la gestión de los servicios funerarios gratuitos de carácter social, contenida en la parte final del punto 1.1 d) de dicho apartado.

 

Dicha medida se justifica en el artículo 2º.4 a) de los Estatutos de la Empresa Municipal de Servicios Funerarios y Cementerios de Madrid, S.A., de fecha 25 de mayo de 2016, que prevé que la citada empresa queda obligada a prestar los servicios funerarios gratuitos de carácter social.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 h) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en el artículo 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 14 de septiembre de 2017,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Modificar la letra d) del punto 1.1 del apartado 8º bis, relativo a la "Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social", del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, que queda redactada en los siguientes términos:

 

"d) Conceder ayudas económicas para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social, sin perjuicio de las facultades atribuidas en materia de subvenciones a otros órganos municipales".

 

SEGUNDO.- Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Acuerdo por órganos distintos de los competentes según el mismo, se seguirán tramitando y se resolverán por los órganos que resulten competentes en virtud del nuevo reparto de competencias.

 

TERCERO.- Se faculta a la titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.

 

CUARTO.- Se faculta a la Gerencia de la Ciudad para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo.

 

QUINTO.- Quedan sin efecto todos los acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo.

 

SEXTO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

SÉPTIMO.- Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

 

Madrid, a 14 de septiembre de 2017.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno. María Pilar Aguilar Almansa.

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