BOAM nº 7345 (04/02/2015)
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
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Resolución de 2 de febrero de 2015 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad por la que se ordena la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos de la I Convocatoria Eurotaxi.En virtud de lo establecido en el artículo 8.b) del Decreto de 17 de enero de 2013 de la Alcaldesa por el que se delegan competencias en los titulares de los órganos superiores y de los órganos directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos (BOAM de 24 de enero de 2013), y a los efectos previstos en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC),
RESUELVO
Ordenar la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos de la I Convocatoria Eurotaxi, con el siguiente contenido:
"Mediante Resolución de 13 de noviembre de 2014 del Director General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, se aprueba la I Convocatoria para la concesión del régimen especial de las licencias de autotaxi que adscriban vehículos eurotaxi y sus bases específicas, a través de un procedimiento de concurrencia entre titulares de licencia de autotaxi, publicada en el BOCM y en el BOAM en fechas 15 de diciembre de 2014.
De acuerdo con la Base Quinta sólo podrán participar en la convocatoria quienes cumplan los requisitos siguientes:
a) Ser titular de licencia de autotaxi del Ayuntamiento de Madrid.
b) Haber obtenido resultado favorable en la revisión administrativa anual de los dos años inmediatamente anteriores al año de publicación de la convocatoria en la licencia con la que participa. En el caso de que el solicitante no pudiera acreditar este requisito por falta de antigüedad suficiente en la titularidad de la licencia, se exigirá el resultado favorable en la revisión que, en su caso, le haya correspondido.
c) No haber sido sancionado por el Ayuntamiento de Madrid en firme en vía administrativa por la comisión de dos o más infracciones graves o muy graves a la normativa de transporte urbano en automóviles turismo que resulte de aplicación durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.
Asimismo la Base Decimoprimera establece que:
1. Quedarán exceptuados, tanto del cumplimiento de los requisitos de adjudicación previstos en la Base Quinta como de la participación en el sorteo a que se refiere la Base Octava, los titulares de licencias que tuvieran adscritos vehículos eurotaxi a fecha 1 de enero de 2014 y que figuren dados de alta en el Registro Municipal de Licencias prestando servicio con vehículos eurotaxi en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
2. En todo caso, los titulares de licencia que se encuentren en la situación descrita en el párrafo anterior y deseen acogerse a este régimen especial, deberán presentar solicitud de participación aportando declaración de adhesión voluntaria a las obligaciones derivadas del régimen aplicable, dentro del plazo y procedimiento descrito en esta convocatoria para el resto de participantes.
Una vez finalizado el plazo de presentación de las solicitudes de participación el 16 de enero de 2015, consta un total de 480 licencias participantes, con el siguiente desglose:
a) A 393 licencias les resulta de aplicación la Base Quinta, por lo que se ha procedido a comprobar los requisitos de participación. De estas 393, ha resultado que 25 no cumplen el requisito del apartado b) relativo a la revista administrativa anual y 2 no cumplen el requisito del apartado c).
b) A 87 licencias les resulta de aplicación lo previsto en la Base Decimoprimera, por lo no han de reunir los requisitos establecidos en la Base Quinta.
En cumplimiento de la Base Séptima, recibidas las solicitudes de participación y comprobados los requisitos, se hace pública la relación provisional de admitidos y excluidos, concediendo un plazo de 10 días hábiles para efectuar alegaciones contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Primero.- Relación provisional de licencias admitidas de acuerdo con la Base Quinta (Anexo I), 365 licencias.
Segundo.- Relación provisional de licencias admitidas de acuerdo con la Base Decimoprimera (Anexo II), 87 licencias.
Tercero.- Relación provisional de licencias no admitidas porque no cumplen los requisitos de participación previstos en la Base Quinta por los motivos que se especifican (Anexo III), 28 licencias".
Madrid, a 2 de febrero de 2015.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Adoración Muñoz Merchante.