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BOAM nº 5929 (06/05/2009)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

915

Resolución de 28 de abril de 2009 de la Directora General de Relaciones Laborales por la que se deniega la Ayuda de Transporte en Metálico, año 2009, a personal interino de nueva incorporación y personal laboral del Ayuntamiento de Madrid.

Visto lo establecido en el artículo 26 del Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2008-2011, con referencia a la Ayuda de Transporte en Metálico.

 

Vistas las solicitudes presentadas por el personal interino de nueva incorporación y personal laboral del Ayuntamiento de Madrid, relacionados en el Anexo I.

 

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20.1.g) del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 5 de junio de 2008, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos,

 

RESUELVO

 

Denegar la Ayuda de Transporte en Metálico, año 2009, al personal interino de nueva incorporación y personal laboral del Ayuntamiento de Madrid que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, por los motivos que se exponen para cada uno, al no reunir los requisitos exigidos en el vigente Acuerdo Convenio.

 

Anexo I: Listado de denegación de Ayudas de Transporte en Metálico, año 2009, a personal interino de nueva incorporación y personal laboral temporal del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Directora General de Relaciones Laborales, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación o, en su caso, al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

 

Madrid, a 28 de abril de 2009.- La Directora General de Relaciones Laborales, Francisca Segado Álvarez.

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