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BOAM nº 8967 (03/09/2021)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

2239

Resolución de 1 de septiembre de 2021 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte de 1 de septiembre de 2021, por el que se concede un plazo para la subsanación de las solicitudes presentadas en la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento del tejido cultural de la ciudad de Madrid, cuya actividad se haya visto afectada por la Covid.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva destinadas al mantenimiento del tejido cultural de la ciudad de Madrid cuya actividad se ha visto afectada por la Covid y, en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte y de conformidad con el artículo 13 de la correspondiente convocatoria y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas,

 

RESUELVO

 

Ordenar la publicación oficial del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 1 de septiembre de 2021, con el siguiente contenido:

 

"PRIMERO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para la subsanación de las solicitudes presentadas que no reúnen los requisitos de la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva destinadas al mantenimiento del tejido cultural de la ciudad de Madrid cuya actividad se haya visto afectada por la Covid, que se relacionan en el Anexo adjunto, indicándoles que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

 

SEGUNDO.- Publicar esta disposición en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es), tal y como se establece en el artículo 13 de las bases de la convocatoria, en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas".

 

Madrid, a 1 de septiembre de 2021.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, M.ª Carmen González Fernández.

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