BOAM nº 6271 (16/09/2010)
Distrito de San Blas
1744
Resolución de 25 de junio de 2010 del Gerente del Distrito de San Blas por la que se impone una sanción a don Víctor Ramírez Cepeda, expediente número 117/2010/02072.Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación por medio del presente anuncio de la resolución de imposición de sanción en expediente sancionador número 117/2010/02072, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de San Blas, avenida de Arcentales, 28.
Referencia: 117/2010/02072.
Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de San Blas.
Emplazamiento: Avenida de Canillejas a Vicálvaro, 57.
Interesado: Víctor Ramírez Cepeda.
Hechos denunciados: Ejercer una actividad distinta a la autorizada.
Norma Infringida: Artículo 204.3ª) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Calificación de la infracción: Leve según el artículo 207 a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Importe de la sanción: Multa de 3.000,00 euros, según el artículo 207 a) de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Fecha de la denuncia: 26 de noviembre de 2009, a las 00.26 horas.
Contra la expresada resolución podrán interponer los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente del Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con la siguiente normativa:
Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común LRJPAC.
En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 35 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.
II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente, artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente, artículo 58 LRJPAC.
Madrid, a 25 de junio de 2010.- El Gerente del Distrito de San Blas, Gerardo Ravassa Checa.