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BOAM nº 7423 (01/06/2015)
Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias

1269

Decreto de 28 de mayo de 2015 del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias por el que se procede al nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que han superado el proceso selectivo para la provisión de 8 plazas de la categoría de Subinspector del Cuerpo de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.

Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta para nombrar funcionarios de carrera de la categoría de Subinspector del Cuerpo de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid a los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Acuerdo Plenario de 28 de enero de 1994 (modificado por Decreto de 6 de junio de 2013 de la Delegada de Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública) para proveer 8 plazas de la citada categoría, una vez finalizado el curso selectivo de formación y el periodo de prácticas. Esta propuesta se realiza de conformidad con la remitida por el Tribunal Calificador del proceso selectivo y se relaciona en el anexo.

 

Corresponde al titular del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias la competencia para su nombramiento como funcionarios de carrera, de conformidad con lo dispuesto en la base 14 de las que rigen el proceso selectivo.

 

De conformidad con lo anterior,

 

DISPONGO

 

Primero: Nombrar funcionarios de carrera de la categoría de Subinspector del Cuerpo de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, a los aspirantes que se relacionan en el anexo de este decreto, con indicación del destino adjudicado.

 

Segundo: Para adquirir la condición de funcionarios de carrera en la indicada categoría, los aspirantes relacionados en el anexo deberán tomar posesión en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra el presente decreto que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto.

 

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 28 de mayo de 2015.- El Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, José Enrique Núñez Guijarro.

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