BOAM nº 7172 (23/05/2014)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública
959
Decreto de 9 de mayo de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se aprueba y dispone la publicación de la convocatoria de subvenciones para la modernización y dinamización de los mercados municipales correspondiente al año 2014.Vista la memoria justificativa y la propuesta de aprobación de la convocatoria de subvenciones destinadas a la modernización y dinamización de los mercados municipales correspondiente al año 2014,
Vista la autorización de gasto para la concesión de subvenciones para la modernización y dinamización de los mercados municipales correspondiente a la convocatoria 2014, aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su sesión de 8 de mayo de 2014,
De conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada definitivamente por el Acuerdo Plenario de 30 de octubre de 2013 (BOCM número 278, de 22 de noviembre de 2013); el Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la tramitación de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos; y en uso de las atribuciones conferidas por el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 17 de enero de 2013 por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos,
DISPONGO
Aprobar y disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de la Convocatoria de subvenciones para la modernización y dinamización de los mercados municipales correspondiente al año 2014, de acuerdo con la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada definitivamente por el Acuerdo Plenario de 30 de octubre de 2013, y cuyo texto se anexa al presente decreto.
Madrid, a 9 de mayo de 2014.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, Concepción Dancausa Treviño.
ANEXO
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA MODERNIZACIÓN Y DINAMIZACIÓN DE LOS MERCADOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTE AL AÑO 2014.
Artículo 1. Marco de la Convocatoria.
La presente convocatoria se establece en el marco de la siguiente normativa:
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada definitivamente por Acuerdo Plenario de 30 de octubre de 2013 (BOCM número 278, de 22 de noviembre de 2013),
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio que aprueba el Reglamento que la desarrolla,
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
- Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la tramitación de la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos; y el Decreto de 1 de marzo de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se aprueba la Instrucción 3/2013, que desarrolla el Acuerdo citado.
Artículo 2. Financiación.
1. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, se imputarán al programa 431.10 "Comercio y Desarrollo Económico" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid de los ejercicios 2014 y 2015.
2. El crédito destinado a esta convocatoria asciende a 2.264.997,74 euros imputables a las aplicaciones presupuestarias del programa 431.10 "Comercio y Desarrollo Económico" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid de los ejercicios 2014 (1.564.997,74 euros) y 2015 (700.000,00 euros) que a continuación se relacionan:
Desglose estimativo del crédito:
Anualidad 2014: importe total 1.564.997,74 euros.
- 9.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/025/431.10/479.99, "Otras subvenciones a empresas privadas".
- 9.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/025/431.10/489.01, "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro".
- 200.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/025/431.10/779.99, "Otras subvenciones a empresas privadas".
- 346.997,74 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/025/431.10/789.01, "Otras transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro".
Anualidad 2015: importe total 700.000,00 euros.
- 700.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 001/025/431.10/789.01, "Otras transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro" o equivalente del presupuesto municipal.
3. No obstante a lo dispuesto en el apartado anterior, la cuantía imputable a cada una de las aplicaciones presupuestarias del ejercicio 2014 se podrá modificar, previa tramitación de la oportuna modificación presupuestaria, en función del resultado de la propuesta de resolución definitiva que formule la Comisión de Valoración, siempre respetando el importe global de la convocatoria de 1.564.997,74 euros imputables al programa 431.10 "Comercio y Desarrollo Económico" del Presupuesto 2014 del Ayuntamiento de Madrid. En este caso, y con carácter previo a la resolución de concesión, será publicada la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva en los mismos medios en que se publique la presente convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.
Artículo 3. Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es conceder ayudas económicas, que tendrán la naturaleza de subvenciones, para la financiación de las actuaciones realizadas en los mercados municipales y en los locales en ellos integrados, que se recogen en el artículo 5 de la presente Convocatoria. El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva.
Artículo 4. Beneficiarios y requisitos de los mismos.
1. Podrán obtener la condición de beneficiario de estas ayudas:
a. Titulares de concesión de los mercados municipales gestionados en régimen de concesión administrativa.
b. Usuarios que ejercen la actividad de comercio o servicios en un local de un mercado municipal, según define el artículo 3 apartado e) de la Ordenanza de Mercados Municipales, aprobada por Acuerdo Plenario de 22 de diciembre de 2010 (BOCM número 11, de 14 de enero de 2011). En este supuesto, los solicitantes deberán tener la consideración de pequeñas o medianas empresas, debiendo reunir los siguientes requisitos:
i. Tener una cifra de negocios anual no superior a 50 millones de euros o bien un balance general anual no superior a 43 millones de euros según el último Impuesto de Sociedades liquidado.
ii. Tener menos de 250 trabajadores.
iii. No estar vinculadas o participadas en una cantidad igual o superior al 25 por 100 del capital por empresas o instituciones que no cumplan cualquiera de los requisitos establecidos en las dos letras anteriores, salvo si éstas son empresas públicas de inversión, empresas de capital riesgo o inversiones institucionales en los términos establecidos por la normativa europea aplicable.