BOAM nº 9983 (13/10/2025)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
3735
Acuerdo de 9 de octubre de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avocan las competencias para la redacción del proyecto y la posterior ejecución de las obras de mejora y acondicionamiento de tres plazuelas en la calle Torcal y se delegan en la Concejala Presidenta del Distrito de Usera.Desde el distrito de Usera se quiere mejorar y acondicionar tres plazuelas situadas en la calle Torcal, entre los edificios de viviendas del número 1-3, 3-5 y 2-4, tratándose de una actuación concertada con la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid en ejecución del Plan de desarrollo del Sur y del Este de Madrid, excediendo las actuaciones contempladas en este proyecto del ámbito competencial del distrito.
El proyecto de remodelación de las plazuelas situadas en la calle Torcal tiene como objeto mejorar la imagen urbana y acondicionar dichos espacios, encontrándose inscrita provisionalmente la parcela afectada en el Patrimonio Municipal de Suelo con número de finca 34648.
Las actuaciones se concretan en dar accesibilidad a las plazuelas con la creación de rampas accesibles y la demolición de las escaleras existentes para la nueva formación de las mismas, sustitución de la pavimentación y zonas terrizas por adoquín, acondicionar los alcorques actuales y formación de nuevos para la plantación de árboles y arbustos con la instalación de riego. Se dotarán a las plazuelas con mobiliario urbano y alumbrado público.
Conforme al apartado 8.º 1.2 c) y 1.4 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Conservación de Vías Públicas es competente para, por una parte, renovar, reparar y conservar el alumbrado público exterior, el de monumentos, el Centro de Control de Telegestión y otras instalaciones eléctricas municipales, así como controlar y supervisar el consumo de energía del mismo, excepto el de las infraestructuras de carácter supramunicipal y las integradas en los grandes parques; y por otra parte, para redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías públicas, y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los distritos.
Asimismo, conforme a lo dispuesto en el apartado 12.º 2.1 d) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión Urbanística es competente para acondicionar los bienes integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo, cuando sea necesario para el fin establecido en el planeamiento o para albergar actividades de carácter provisional.
Junto a ello, de conformidad con el apartado 19.º 1.3 a) y c) y 1.4 d) del mismo acuerdo, la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes es competente para, por una parte, planificar y supervisar las actividades municipales en materia de parques, jardines, zonas verdes y arbolado urbano y para impulsar las acciones y programas relacionados con los parques y viveros municipales y con las zonas verdes, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos; y por otra parte, para conservar y mantener las fuentes ornamentales en los parques históricos, singulares y forestales, así como renovar, reparar y conservar las redes de riego, hidrantes, bocas de riego y fuentes no ornamentales en todos sus elementos, ubicadas tanto en vía pública como en zonas verdes, parques y viveros municipales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos.
Finalmente, de conformidad con el apartado 20.º 1.2 c) del mismo acuerdo, la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos es competente para adquirir e instalar el mobiliario urbano y equipamientos en colaboración con la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras y el Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, excepto la adquisición e instalación de elementos de señalización de polígonos industriales MU-215 y MU-216, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes y a los distritos.
No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, existen razones de índole social, técnica y económica que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se realicen por el propio distrito.
Dichas razones derivan, desde la perspectiva de índole social, en la mayor cercanía del distrito con sus vecinos y, especialmente, con la asociación de vecinos del barrio de San Fermín, lo que le permite un conocimiento más certero de las necesidades reales. Desde el punto de vista técnico, la avocación se justifica en una mayor celeridad tanto en la redacción del proyecto de obras, que se realizará por los servicios técnicos del distrito, como en la adjudicación de las obras, que puede llevarse a cabo a través del vigente "Acuerdo Marco de obras de reforma, reparación y conservación del conjunto de edificios y espacios públicos, (4 lotes) cuya competencia corresponde al Distrito de Usera", que tiene suscrito el distrito, mediante la tramitación del correspondiente contrato basado, procedimiento que acorta sensiblemente los plazos de tramitación, favoreciendo la eficacia y eficiencia administrativa.
Desde el punto de vista económico, el Distrito de Usera dispone de la correspondiente partida presupuestaria para la ejecución de esta obra, con un coste estimado de 250.000,00 euros, IVA incluido, con cargo a la partida presupuestaria 2025/001/212/171.02/619.21 "zonas ajardinadas (remodelación)".
Para que las actuaciones se realicen por el distrito, resulta necesario que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas anteriormente indicadas, y que tales competencias sean posteriormente delegadas en la Concejala Presidenta del Distrito de Usera, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto de obras, y a preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar el contrato relativo a la realización de las obras de mejora y acondicionamiento de plazuelas en la calle Torcal del Distrito de Usera.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, y del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 9 de octubre de 2025,