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BOAM nº 9577 (22/02/2024)
Área de Gobierno de Políticas de Vivienda

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Resolución de 20 de febrero de 2024 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda por la que se rectifica error material advertido en la Resolución de 16 de febrero de 2024, por la que se convoca el concurso general para la provisión de puestos de trabajo FG-17-005/2023.

Se ha advertido error en la Resolución de 16 de febrero de 2024 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda por la que se convoca el concurso general para la provisión de puestos de trabajo FG-17-001/2024, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 20 de febrero de 2024. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC), se procede a su corrección. En su virtud y en uso de las competencias previstas en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en el nombre de la convocatoria, como consecuencia, todas las referencias realizadas tanto en el texto de la convocatoria como en los Anexos I y II al código de concurso "FG-17-005/2023" deben sustituirse por "FG-17-001/2024".

 

SEGUNDO.- Se mantiene el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria, sin perjuicio de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 123 y 124 de la LPAC.

 

Directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

 

Madrid, a 20 de febrero de 2024.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Políticas de Vivienda, Eugenia Castro Sáez.

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