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BOAM nº 9740 (17/10/2024)
Alcaldía

3524

Decreto de 15 de octubre de 2024 del Alcalde por el que se modifica el Decreto de 17 de julio de 2024, por el que se crea el Consejo para la Dinamización Económica de la Ciudad de Madrid y se regula su composición y funcionamiento.

La creación del Consejo Consultivo para la Dinamización Económica de la Ciudad de Madrid, que cuenta con la participación de todas las áreas de gobierno del Ayuntamiento de Madrid involucradas en el impulso de la innovación, la sostenibilidad y la internacionalización de la economía madrileña en un contexto global, tiene por objetivo esencial constituir un órgano consultivo de asesoramiento y seguimiento en materia de desarrollo y promoción económica con la colaboración de las organizaciones más representativas de intereses económicos y sociales en la ciudad de Madrid.

 

Así, mediante Decreto de 17 de julio de 2024 del Alcalde se crea el Consejo para la Dinamización Económica de la Ciudad de Madrid y se regula su composición y funcionamiento.

 

Con el fin de establecer una representación paritaria en este órgano entre los representantes de intereses económicos y sociales en la ciudad de Madrid, se considera aconsejable aumentar el número de los representantes designados a propuesta de la Confederación Empresarial de Madrid, confederación de Organizaciones Empresariales (CEIM-CEOE), elevándolo a dos.

 

En virtud de lo dispuesto en el artículo 76.2 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda,

 

DISPONGO

 

Artículo único. Modificación del Decreto de 17 de julio de 2024 del Alcalde por el que se crea el Consejo para la Dinamización Económica de la Ciudad de Madrid y se regula su composición y funcionamiento.

 

En el artículo 8 se modifica la letra o) del apartado 1, que queda redactada en los siguientes términos:

 

"o) Dos representantes a propuesta de la Confederación Empresarial de Madrid, confederación de Organizaciones Empresariales (CEIM-CEOE)".

 

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo y aplicación.

 

Se faculta al titular del área de gobierno competente en materia de economía para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del presente decreto.

 

Disposición final. Entrada en vigor.

 

El presente decreto surtirá efectos desde el día siguiente al de su firma, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", de conformidad con el artículo 77 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.

 

Madrid, a 15 de octubre de 2024.- El Alcalde, José Luis Martínez-Almeida Navasqüés.

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