BOAM nº 7779 (07/11/2016)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
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Acuerdo de 3 de noviembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avoca la competencia para la realización de obras y actuaciones de subsanación de deficiencias en el cantón de limpieza situado en la calle María Odiaga, 1, adscrito al Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, y se delega en la Dirección General de Patrimonio del Área de Gobierno de Economía y Hacienda.Por el Ayuntamiento de Madrid se van a realizar una serie de obras y actuaciones en el cantón de limpieza situado en la calle María Odiaga, 1, adscrito al Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, destinadas a subsanar deficiencias derivadas de las inspecciones periódicas obligatorias establecidas en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto.
Por parte de la citada Área de Gobierno se ha manifestado que carece del personal preciso y necesario para ejecutar dichas actuaciones, siendo además que la Dirección General de Patrimonio, perteneciente al Área de Gobierno de Economía y Hacienda, dispone de una mayor suficiencia de medios materiales y técnicos ordinarios para poder acometer las actuaciones referidas.
De conformidad con lo previsto en el apartado 7º.1.2 a) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, corresponde a la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos la competencia relativa a la gestión, mantenimiento, conservación y explotación de las infraestructuras y equipamientos ambientales del Área relativos a la limpieza y recogida de residuos urbanos.
No obstante, existen razones técnicas derivadas de la mayor cualificación y especialización técnica del personal de la Dirección General de Patrimonio para poder realizar las obras de subsanación de deficiencias referidas que aconsejan que, de forma puntual, las mismas se realicen por esa Dirección General.
Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque la competencia previamente delegada en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos conforme a lo dispuesto en el apartado 7º.1.2 a) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, y que tal competencia sea posteriormente delegada en la Dirección General de Patrimonio del Área de Gobierno de Economía y Hacienda.
Por parte de la Dirección General de Patrimonio se manifiesta que la competencia delegada podrá ser desarrollada con sus propios recursos materiales, personales y económicos ordinarios, por lo que no se precisaría la elaboración de Análisis de Viabilidad, en aplicación de la Resolución de 4 de mayo de 2016 de la Gerente de la Ciudad, por la que se aprueba la Instrucción de aplicación de las directrices para la elaboración del análisis de viabilidad de acuerdos, decretos y resoluciones.
Las competencias en materia de contratación, gastos y convenios que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y del titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda, que eleva la titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo en su calidad de Primera Teniente de Alcalde, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 3 de noviembre de 2016
ACUERDA
PRIMERO.- Avocar la competencia delegada en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos en el apartado 7º.1.2 a) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, única y exclusivamente en lo relativo a la realización de las obras y actuaciones destinadas a subsanar deficiencias derivadas de las inspecciones periódicas obligatorias establecidas en el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, en el cantón de limpieza situado en la calle María Odiaga, 1, adscrito a la citada Área de Gobierno.
SEGUNDO.- Delegar en la Dirección General de Patrimonio del Área de Gobierno de Economía y Hacienda la competencia avocada en el apartado anterior.
Las competencias en materia de contratación, gastos y convenios que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía y Hacienda.
TERCERO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Economía y Hacienda a dictar los Decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente Acuerdo.
CUARTO.- Se faculta a la Gerencia de la Ciudad para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente Acuerdo.
QUINTO.- Quedan sin efecto todos los acuerdos que se opongan o contradigan lo establecido en el presente Acuerdo.
SEXTO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid" y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".
SÉPTIMO.- Del presente Acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.
Madrid, a 3 de noviembre de 2016.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.