BOAM nº 7775 (31/10/2016)
Distrito de Usera
2287
Decreto de 21 de octubre de 2016 de la Concejala Presidenta del Distrito de Usera por el que se considera desistidas a las entidades asociación Halcones de la Amistad y asociación Colectivo La Calle de su solicitud en la convocatoria de subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana en la anualidad 2016.La Concejala Presidenta del Distrito de Usera, mediante Decreto de fecha 21 de octubre de 2016, y en virtud de las atribuciones conferidas por delegación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 29 de octubre de 2015, ha dispuesto lo siguiente:
Primero.- Declarar el desistimiento de la entidad asociación Halcones de la Amistad, en su solicitud de gastos de mantenimiento de sedes sociales, al no haber aportado la documentación solicitada en el requerimiento de fecha 14 de septiembre de 2016, en el que se le advertía que la falta de aportación de la documentación en el plazo indicado daría lugar a tenerles por desistidos en su solicitud, de acuerdo con lo señalado en el artículo 8 de las bases de la convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Usera, anualidad 2016, y en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Segundo.- Declarar el desistimiento de la entidad asociación Colectivo La Calle, de su solicitud de subvención en la modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales, al no haber aportado la documentación solicitada en el requerimiento de fecha 14 de septiembre de 2016, en el que se le advertía que la falta de aportación de la documentación en el plazo indicado daría lugar a tenerles por desistidos en su solicitud, de acuerdo con lo señalado en el artículo 8 de las bases de la convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Usera, anualidad 2016, y en el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero.- Notificar a las entidades interesadas, mediante publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es".
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses ante el órgano jurisdiccional competente.
2. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). El recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su sede el órgano que hubiere dictado la disposición o el acto originario impugnado (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 21 de octubre de 2016.- La Concejala Presidenta del Distrito de Usera, Rommy Arce Legua.