Saltar navegación

BOAM nº 8062 (02/01/2018)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

6

Resolución de 29 de diciembre de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación oficial del Decreto de la titular del Área, de fecha 22 de diciembre de 2017, de aprobación de la concesión parcial de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de los clubes no profesionales de la ciudad de Madrid para la temporada deportiva 2016/2017.

En virtud de las competencias que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015 y de conformidad con el artículo diecinueve de la correspondiente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas,

 

RESUELVO

  

Ordenar la publicación oficial del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 22 de diciembre de 2017, por el que se aprueba la concesión parcial de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de los clubes deportivos no profesionales de la ciudad de Madrid para la temporada deportiva 2016/2017:

  

"Vista la propuesta de la Secretaria General Técnica, de fecha 12 de diciembre de 2017, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17.1 n) de la ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, y en el ejercicio de las competencias correspondientes al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes,

  

 DISPONGO

  

Aprobar la concesión de subvenciones, a la vista del informe emitido por la Comisión de Valoración constituida el día 9 de octubre de 2017 para la evaluación de la convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de los clubes deportivos no profesionales de la ciudad de Madrid para la temporada deportiva 2016-2017, a las siguientes entidades por los importes que se indican:

ENTIDAD

EQUIPO

IMPORTE

en euros

Club Deportivo Básico Oxio Usera Piragüismo

NIF: G84987023

Kayak Polo / 1ª División Senior Masculina

8.018,66

Club Deportivo Básico Oxio Usera Piragüismo

NIF: G84987023

Kayak Polo / 2ª División Senior

5.250,00

Club Deportivo Básico Oxio Usera Piragüismo

NIF: G84987023

Kayak Polo / 1ª División Senior Femenina

5.250,00"

 

De conformidad con el artículo 24 de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de los clubes deportivos no profesionales de la ciudad de Madrid para la temporada deportiva 2016/2017, el plazo de la justificación será de un mes desde la finalización del periodo subvencionable o, en su caso, desde la notificación de la subvención si esta fuera posterior. La presente publicación sustituirá a la notificación surtiendo sus mismos efectos.

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2. Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

  

 Madrid, a 29 de diciembre de 2017.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, P.S., Decreto del titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de 29 de diciembre de 2017, la Directora General de Bibliotecas, Archivos y Museos, María Belén Llera Cermeño.

Subir Bajar