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BOAM nº 10109 (20/04/2026)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

1416

Decreto de 15 de abril de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se nombra el Tribunal de Selección de las pruebas selectivas para proveer 68 plazas de funcionario/a de carrera de la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

Mediante Resolución de 11 de julio de 2025 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 9.921, de 15 de julio de 2025), se convocaron pruebas selectivas para proveer 68 plazas de personal funcionario de carrera de la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

 

El apartado 7.3 de las bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la selección de personal funcionario, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número. 8.683, de 14 de julio de 2020), establece que los Tribunales de Selección que han de juzgar las pruebas selectivas estarán constituidos por un/a presidente/a, un/a secretario/a con voz y voto, y un mínimo de tres vocales, así como sus correspondientes suplentes, sin que puedan formar parte de ellos, los/las funcionarios/as interinos, el personal de elección o designación política ni el personal eventual. Tampoco podrán formar parte el personal laboral, ni aquellos/as funcionarios/as que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en cualquier categoría en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.

 

Dicho apartado establece también que todos los miembros deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios/as de carrera, no pudiendo estar formados mayoritariamente por funcionarios/as pertenecientes al mismo cuerpo o escala objeto de la selección.

 

Además, todos ellos deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.

 

Por último, el apartado aludido establece que a los tribunales de las pruebas selectivas asistirá un/una observador/a del desarrollo del procedimiento selectivo, con voz y sin voto, designado a propuesta de las organizaciones sindicales entre personal funcionario de carrera o personal laboral fijo del Ayuntamiento de Madrid, no pudiendo haber realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria, no siendo necesario que posea la titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas.

 

Corresponde a la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencia, la competencia para aprobar las bases, efectuar el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección de personal del Cuerpo de Policía Municipal, Bomberos y las categorías propias de SAMUR-Protección Civil, sin perjuicio de las competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, así como resolver los recursos de alzada que se interpongan contra los actos administrativos dictados por los tribunales de selección de personal, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, a propuesta del Coordinador General de Seguridad y Emergencias

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Nombrar miembros del Tribunal de Selección de las pruebas selectivas convocadas para proveer 68 plazas de personal funcionario de carrera de la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, convocadas por Resolución de 11 de julio de 2025 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias («Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 9.921, de 15 de julio de 2025), a las siguientes personas:

 

PRESIDENTE:

 

Titular: Alberto Tirado Velasco.

Suplente: Pablo García Redondo.

 

VOCALES

 

Titular: Alberto Muñoz Ibáñez.

Suplente: Jorge Manuel Silvosa Delgado.

Titular: Juan Carlos Martínez Agüera.

Suplente: Juan Ignacio Burgués Hoyos.

Titular: Beatriz Juste Escribano.

Suplente: María Ester Santiago Soubrier.

 

SECRETARIO/A

 

Titular: María Isabel García Recio.

Suplente: Víctor Bartolomé Carrascosa.

 

SEGUNDO.- Nombrar observadores del desarrollo del procedimiento selectivo a las siguientes personas:

 

Titular: José Antonio Orgaz Vigón.

Suplente: Ismael Clemente Cerrato.

 

TERCERO.- Disponer la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la página web del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, se podrán interponer los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el decreto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», de conformidad con los artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPACAP).

 

II.- Directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

 

III.- Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPACAP).

 

Madrid, a 15 de abril de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

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