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BOAM nº 7205 (10/07/2014)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública

1358

Decreto de 27 de junio de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para proveer plazas de Bombero Conductor Especialista del Servicio de Extinción de Incendios (Promoción Interna).

Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta para aprobar las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para proveer 26 plazas de Bombero Conductor Especialista del Servicio de Extinción de Incendios (Promoción Interna), que fue publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 9 de mayo de 2014.

 

La propuesta se realiza de conformidad con lo establecido en el apartado 6.4. de las bases generales aprobadas por decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de fecha 23 de abril de 2009.

 

Corresponde a la titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia para resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2.i) del Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

 

Por lo expuesto y en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2.i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de 17 de enero de 2013,

 

DISPONGO

 

Primero.- Aprobar las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública de fecha 29 de agosto de 2013, para proveer 26 plazas de Bombero Conductor Especialista del Servicio de Extinción de Incendios (Promoción Interna) al no haberse presentado ninguna reclamación durante el plazo concedido al efecto.

 

Segundo.- El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar el día 6 de octubre de 2014 a las 11:00 horas en la Escuela de Bomberos, sita en el Parque 8º del Servicio de Extinción de Incendios del Ayuntamiento de Madrid (c/ Pío Felipe, s/n).

 

Tercero.- Disponer la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid.

 

Cuarto.- Las listas certificadas y completas de aspirantes admitidos y excluidos a este proceso selectivo, se encuentran expuestas al público en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid.

 

Quinto.- Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I. - Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

 

II. - Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.

 

En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1. y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III. - Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 27 de junio de 2014.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, Concepción Dancausa Treviño.

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