BOAM nº 6109 (27/01/2010)
Distrito de Villa Vallecas
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Decreto de 30 de octubre de 2009 del Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas por el que se considera desistida de su solicitud de instalación de quiosco de helados a doña Guadalupe Jiménez Vargas, expediente 120/2009/00573.En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la publicación del decreto referenciado, una vez intentada la notificación en los términos del artículo 59.1 del mismo cuerpo legal, quedando el expediente a disposición del interesado, a los efectos del ejercicio del derecho previsto en el artículo 35 a) de la misma ley, en las dependencias de la Junta Municipal del Distrito de Villa de Vallecas, paseo de Federico García Lorca, 12 de Madrid:
El Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, mediante Decreto de fecha 30 de octubre de 2009, y en virtud de las atribuciones conferidas por delegación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid mediante Acuerdo dictado el 18 de junio de 2007, ha dispuesto lo siguiente:
"1º.- Considerar a Guadalupe Jiménez Vargas desistida de su solicitud de quiosco de helados en la calle La Granja de San Ildefonso con vuelta a la calle Puerto de Porzuna, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al no haber aportado la documentación requerida mediante notificación efectuada con fecha 5 de octubre de 2009 y de acuerdo a lo establecido en el informe jurídico de fecha 23 de octubre de 2009, y proceder, en consecuencia al archivo del presente expediente.
2º.- Declarar vacante el situado para venta de helados de la calle La Granja de San Ildefonso con vuelta a la calle Puerto de Porzuna, toda vez que no ha sido adjudicado a ninguno de sus solicitantes, así como incluirlo como tal en el próximo listado de situados que se eleve al Pleno de esta Junta Municipal, todo ello de conformidad con el artículo 4 de la Instrucción del Área de Coordinación Territorial de 16 de julio de 2008, relativa a la aprobación y publicación de situados en la vía pública y los criterios de baremación para su adjudicación, en el artículo 7 de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Venta Ambulante de 27 de marzo de 2003 y en el informe jurídico de fecha 23 de octubre de 2009 y, en consecuencia, archivar el presente expediente".
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común .
En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente.
Madrid, a 30 de octubre de 2009.- El Concejal Presidente del Distrito de Villa de Vallecas, Ángel Garrido García.