BOAM nº 7668 (27/05/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas
1184
Resolución de 29 de abril de 2016 del Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se requiere para la aportación de documentación a C. P. A. S., con Tarjeta de Residencia número X5785669L, expediente 117/2016/01413.De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la presente resolución, por la que se requiere a C. P. A. S., con Tarjeta de Residencia número X-5785669-L, para que aporte la documentación requerida en el expediente 117/2016/01413, de conformidad con la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales (aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de julio de 2001, BOCM de 31 de agosto de 2001).
El texto íntegro de esta resolución, así como el expediente tramitado, podrán ser consultados por el/los interesado/s en el Negociado de Servicios Sanitarios del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.
Se le concede el plazo de diez días, que contará a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Tablón Edictal del Boletín Oficial del Estado, para:
1.º Presentar la documentación del perro de raza rottweiler, consistente en: cartilla de vacunación, certificado de identificación censal del animal, seguro de responsabilidad civil, licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos (de la persona denunciada por agentes de policía) y certificación de inscripción en el Registro de animales potencialmente peligrosos, artículos 5, 6.2, 8.1, 9.1 y 14 de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, y artículo 8.1 del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
2.º De manera inmediata:
Impedir que el perro de raza potencialmente peligrosa, implicado en denuncias de la Policía Municipal, circule suelto y sin bozal en ningún supuesto y bajo ninguna circunstancia, por encontrarse prohibido. Artículo 16.2 de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales.
Apercibir al interesado que en el caso de no cumplimentar lo ordenado le serán impuestas las sanciones previstas en la precitada ordenanza, así como en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dicha documentación se podrá presentar en cualquiera de los registros de las Juntas Municipales de Distrito y en los registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o en cualquiera de los lugares y formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indicando el número de expediente.
Madrid, a 29 de abril de 2016.- El Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.