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BOAM nº 6152 (30/03/2010)
Área de Gobierno de Economía, Empleo y Participación Ciudadana

609

Decreto de 22 de febrero de 2010 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Empleo por el que se nombran miembros de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid.

El Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, dispone en su artículo 7.1 que las Juntas Arbitrales de Consumo estarán integradas por su presidente y el secretario, cargos que deberán recaer en el personal al servicio de las Administraciones Públicas.

 

En el segundo párrafo del mismo artículo, establece que el presidente y el secretario de la Junta Arbitral de Consumo serán designados por la Administración de la que dependa la Junta, publicándose su nombramiento en el diario oficial que corresponda al ámbito territorial de la Junta Arbitral de Consumo.

 

Vista la propuesta de decreto para el nombramiento de los miembros de la Junta Arbitral de Consumo, efectuada por el Director General del Instituto Municipal de Consumo y en ejercicio de las competencias legalmente atribuidas en el artículo 3.2 k) del Acuerdo de 11 de septiembre de 2008 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de modificación del Acuerdo de 18 de junio de 2007, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía y Empleo y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos,

 

DISPONGO

 

PRIMERO: Nombrar Presidente de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid al Director General del Instituto Municipal de Consumo.

 

SEGUNDO: Nombrar Presidente suplente de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid a la Subdirectora General de Consumo.

 

TERCERO: Nombrar Secretaria de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid a la Jefe del Departamento de Arbitraje.

 

CUARTO: Nombrar Secretarios suplentes de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid a la Consejera Técnica del Departamento de Arbitraje y al Consejero Técnico del Servicio de Protección al Consumidor.

 

QUINTO: Los nombramientos dispuestos surtirán efecto desde la fecha del presente Decreto quedando en consecuencia revocados todos aquellos nombramientos de miembros de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Madrid efectuados con anterioridad.

 

SEXTO: Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la designación y nombramiento de los anteriores cargos y los anteriores ceses, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.1 del Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo.

 

Madrid, a 22 de febrero de 2010.- El Delegado del Área de Gobierno de Economía y Empleo, Miguel Ángel Villanueva González

 

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