BOAM nº 9380 (10/05/2023)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal
1521
Resolución de 8 de mayo de 2023 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se modifica la composición de la Comisión Permanente de Selección-Órgano de selección de las pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, 43 plazas de Técnico/a Medio TIC del Ayuntamiento de Madrid.El Director General de Planificación de Recursos Humanos, con fecha 17 de abril de 2023 (BOAM núm. 9.368, de 20 de abril de 2022), dispuso el nombramiento de los miembros de la Comisión Permanente de Selección-Órgano de selección de las pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, 43 plazas de Técnico/a Medio TIC del Ayuntamiento de Madrid, convocadas mediante Resolución de 4 de octubre de 2021 (BOAM núm. 8.991, de 7 de octubre de 2021).
D. Fernando Ferreras Ferreras, vocal titular del citado órgano de selección, ha presentado renuncia por motivos profesionales, habiéndose propuesto, en su sustitución, a D. Iván Montes Ocaña.
En mérito de cuando antecede y en ejercicio de las competencias atribuidas al Director General de Planificación de Recursos Humanos en el apartado 11º.1.2.c) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (BOCM núm. 168, de 17 de julio 2019)
RESUELVO
PRIMERO.- Modificar la Resolución de 17 de abril de 2023 (BOAM núm. 9.368, de 20 de abril de 2022), que dispuso el nombramiento de los miembros de la Comisión Permanente de Selección-Órgano de selección de las pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, 43 plazas de Técnico/a Medio TIC del Ayuntamiento de Madrid, en el siguiente sentido:
Nombrar a D. Iván Montes Ocaña, como vocal titular, en sustitución de D. Fernando Ferreras Ferreras.
SEGUNDO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 8 de mayo de 2023.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.