BOAM nº 7230 (14/08/2014)
Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias
1527
Decreto de 11 de agosto de 2014 del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias por el que se nombra a los miembros del Tribunal Calificador para proveer 12 plazas de Subinspector del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid.Por la Dirección General de Seguridad se ha formulado propuesta para nombrar a los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas para proveer 12 plazas de la categoría de Subinspector del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid que fueron convocadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias de fecha 21 de mayo de 2014, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de 5 de diciembre de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por los que se avoca la competencia para la aprobación de bases, convocatoria y resolución de pruebas selectivas para el acceso a diversas categorías del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid y se delegan las competencias avocadas en el titular del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias.
La composición del Tribunal Calificador para esta categoría se ajustará a lo previsto en el punto 6.1 de las Bases que habrán de regir la convocatoria de las pruebas selectivas para esta categoría.
En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el apartado segundo del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 5 de diciembre de 2013,
DISPONGO
Nombrar como miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias de 21 de mayo de 2014, para proveer 12 plazas de Subinspector del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, a las personas que a continuación se indican:
PRESIDENTES
Titular: D Enrique Álvarez Conde
Suplente: D.ª Alicia López de las Mazas
SECRETARIOS
Titular: D.ª M.ª Jesús Pérez Pérez
Suplente: D.ª Marta Jesús Abánades del Amo
VOCALES
Titular: D. Santiago Carrasco Martín
Suplente: D. Francisco Javier Vidal y Delgado-Roig
Titular: D. José Luis García Rivera
Suplente: D. Javier Machetti Bermejo
Titular: D. Javier Hernández González
Suplente: D. José Ángel Arce Blanco
Titular: D. Juan López de Haro
Suplente: D.ª Carmen de Córdoba Rodríguez
Titular: D. Hermenegildo Alfredo Borreda Aguirre
Suplente: D. Virginia Torres Lirola
Titular: D.ª Pilar Covadonga Montero Pérez
Suplente: D.ª Inmaculada García Ibáñez
Podrán asistir a la sesiones del Tribunal Calificador con voz y sin voto, en calidad de observadores, las personas que a continuación se relacionan: D. Francisco Torres Hernández que podrá ser sustituido en caso de imposibilidad de asistencia por D. Juan José García Higueras.
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto.
En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 11 de agosto de 2014.- El Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, José Enrique Núñez Guijarro.