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BOAM nº 10111 (22/04/2026)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

1467

Decreto de 13 de abril de 2026 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (Cambia 360), anualidad 2025.

Vista la Propuesta de Resolución Definitiva de 30 de enero de 2026 del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) de 2 de febrero de 2026, así como el informe justificativo para elevar la propuesta de decreto para la resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (Cambia 360) correspondiente a la anualidad 2025, firmado con fecha 27 de marzo de 2026, y con base en los siguientes

 

ANTECEDENTES DE HECHO

 

PRIMERO.- Mediante Decreto de 5 de junio de 2025 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, publicado el 10 de junio de 2025 en el BOAM número 9.896 y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) número 137, se aprobó la convocatoria pública de subvenciones destinadas a la renovación de vehículos particulares (Cambia 360) de la anualidad 2025 (en adelante, convocatoria).

 

El crédito destinado a esta convocatoria asciende a cuatro millones de euros (4.000.000 €) con la distribución entre ámbitos que se indica en el cuadro adjunto y la posibilidad de su redistribución en caso de que en alguno de ellos no se agotara el importe previsto, a fin de maximizar el impacto y la aplicabilidad de la línea de ayudas:

 

Ámbito 1

0 EMISIONES

Ámbito 2.

ECO

Ámbito 3.

C

1.400.000

2.400.000

200.000

 

SEGUNDO.- De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), la gestión de esta línea de ayudas se realiza por la entidad colaboradora denominada «Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid» (AECIM) seleccionada por Decreto de 7 de febrero de 2024 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, una vez resuelto el correspondiente procedimiento de concurrencia competitiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.5 de la LGS.

 

En cumplimiento de lo estipulado en el apartado 8 de la cláusula quinta del convenio de colaboración de 19 de febrero de 2024 suscrito para la gestión de estas ayudas entre el Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad y AECIM, esta entidad, con fecha 9 de diciembre de 2025, hizo entrega al Ayuntamiento de Madrid de la relación de solicitantes que cumplen los requisitos para recibir la ayuda, para los que propone su concesión, poniendo a disposición del Ayuntamiento los documentos electrónicos contenidos en los expedientes relativos a cada solicitud de subvención recibida.

 

TERCERO.- Con fecha 23 de diciembre de 2025 fue publicada en el BOAM número 10.032 la propuesta del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental de resolución provisional de la convocatoria, que otorgaba a los interesados un plazo de diez días para presentar informes o formular alegaciones.

 

CUARTO.- Con fecha 2 de febrero de 2026 se publicó en el BOAM número 10.056 la Propuesta de Resolución Definitiva de 30 de enero de 2026. Según se indica por el Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental en el informe de 27 de marzo de 2026, en el plazo de diez días que la Propuesta de Resolución Definitiva otorgaba, ocho de los propuestos beneficiarios incluidos en la misma han manifestado su renuncia total, proponiendo que se acepten de plano, sin que se haya presentado ninguna renuncia o manifestación a la propuesta de integración en la lista de espera. De forma extemporánea, al haber finalizado el plazo que se concedió en la resolución provisional de la convocatoria, dos solicitantes, cuya solicitud había sido denegada o minorada, han formulado alegaciones a la propuesta, proponiendo su desestimación. Según lo expuesto, eleva al Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, propuesta de decreto de resolución de la convocatoria.

 

A los anteriores antecedentes de hecho, resultan de aplicación los siguientes

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

PRIMERO.- Para la concesión de las subvenciones objeto de la presente convocatoria se ha aplicado el procedimiento simplificado previsto en el artículo 26.5 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013 (en adelante, OBRGS), según se indica en el apartado 4.1 de la convocatoria.

 

De este modo, no participa un órgano colegiado en la valoración de las solicitudes, sino que el órgano instructor ha formulado la propuesta de resolución, fijando la prelación de las solicitudes en función de su fecha de presentación dentro del plazo establecido en el apartado 9.1 de la convocatoria, al haber resultado la suma del importe de todas las solicitudes que reúnen los requisitos establecidos, superior al crédito consignado en la convocatoria.

 

SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en el apartado 11.3 de la convocatoria, en caso de que en el plazo de diez días hábiles desde la publicación de la propuesta de resolución definitiva en el BOAM no se manifestara renuncia a la propuesta de concesión de subvención o a la integración en la lista de espera, se considerará aceptada la propuesta de concesión por el beneficiario, o la propuesta de optar a los fondos por los integrantes de la lista de espera.

 

En consonancia con lo dispuesto en los artículos 21 y 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), procede aceptar de plano las ocho renuncias totales a las propuestas de concesión de subvenciones formuladas por los interesados que se indican, para los que resultaría concluso el procedimiento, que suman un importe de 27.400 euros:

 

a) Ámbito 1: "0 Emisiones".

Alejandro Sánchez Perrote 4.000 €.

Rubén García Pariente 4.000 €.

Laura Pardo Yenes 5.500 €.

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