Saltar navegación

BOAM nº 6059 (10/11/2009)
Distrito de Usera

2160

Decreto de 2 de noviembre de 2009 del Concejal Presidente del Distrito de Usera por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la Cabalgata de Reyes 2010 del Distrito de Usera.

El Concejal Presidente del Distrito de Usera, en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de 18 de junio de 2007, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en los Concejales Presidentes de los Distritos, ha adoptado la siguiente resolución mediante Decreto de 2 de noviembre de 2009:

      

PRIMERO: Aprobar la convocatoria de subvenciones para la Cabalgata de Reyes 2010 del Distrito de Usera.

 

SEGUNDO: Autorizar un gasto de 30.000,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 2010-001-212-334.01-489.01.- "Actividades Culturales. Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro", del presupuesto de gastos del Distrito de Usera para 2010, quedando condicionado a su aprobación definitiva.

 

TERCERO: Disponer la publicación de la Convocatoria de Subvenciones para la Cabalgata de Reyes 2010 del Distrito de Usera. 

 

Madrid, a 2 de noviembre de 2009.- El Concejal Presidente del Distrito de Usera. Jesús Moreno Sánchez.

 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA CABALGATA DE REYES 2010 DEL DISTRITO DE USERA

 

Artículo 1.- Objeto y ámbito de la convocatoria.

 

Es objeto de esta convocatoria la concesión de subvenciones a las entidades ciudadanas que con sus proyectos concretos cumplimenten las actividades culturales de competencia municipal, concretamente la organización de la Cabalgata de Reyes de 2010, aportando los medios materiales y personales necesarios para el cumplimiento de este fin. La convocatoria se dirige a las entidades ciudadanas del Distrito de Usera, que se encuentren inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas y declaradas de Utilidad Pública Municipal, en los términos establecidos en el vigente Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y en las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid en vigor.

 

Artículo 2.- Principios inspiradores y régimen jurídico.

 

Las presentes Bases garantizan la gestión de las subvenciones en base a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

 

El régimen jurídico de aplicación es la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

 

Artículo 3.- Condiciones y finalidad de la subvención.

 

Las actividades subvencionables están dirigidas a la participación en la organización de la Cabalgata de Reyes del Distrito de Usera que se realizará el día 4 de enero de 2010.

 

La colaboración se concretará mediante la aportación de una carroza de temática dirigida al público infantil, con todos los elementos materiales y humanos precisos para su participación, incluyendo al menos 3 personas para protección de laterales durante el recorrido de la Cabalgata que será aprobado por la Junta Municipal de Usera.

 

La solicitud y descripción del proyecto deberá realizarse en los Anexos I y II que acompañan a la presente convocatoria.

 

Las entidades subvencionadas se comprometen a seguir las indicaciones realizadas por el personal municipal en la organización del evento como son: horarios, orden de salida, paradas, incidencias en el recorrido, llegada, etc.

 

No se podrá llevar publicidad de ningún tipo en las carrozas, a excepción del nombre de la entidad organizadora.

 

La solicitud de subvención no podrá exceder de 3.000 euros por carroza y entidad solicitante.

 

Para la participación en la Cabalgata se establece como obligación la aportación de una póliza de seguro de responsabilidad civil de al menos 100.000,00 euros, para cubrir los posibles incidentes que puedan surgir en el desarrollo de la misma. Asimismo, se deberá llevar un extintor como previsión de posibles riesgos.

 

Artículo 4.- Financiación.

 

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, se imputarán al crédito recogido en la Partida Presupuestaria 2010-001-212-451.04-334.01.- "Actividades Culturales. Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto de Gastos del Distrito de Usera para 2010.

  

El importe destinado a esta convocatoria asciende a 30.000,00 euros, quedando condicionada la aprobación de las subvenciones a la existencia de crédito adecuado y suficiente, así como a la aprobación definitiva del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2010.

 

 Artículo 5.- Requisitos de las Entidades.

 

Las entidades ciudadanas solicitantes deberán pertenecer al Distrito de Usera, y estar declaradas de Utilidad Pública Municipal, así como reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con expresa exigencia de la circunstancia de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, mediante declaración responsable según establece el artículo 24.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. El órgano gestor comprobará asimismo, que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid y que no es deudor por reintegro a la Tesorería haciéndolo constar en el expediente mediante la oportuna diligencia.

 

Dichos requisitos deberán cumplirse en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de subvención, debiéndose mantener todos ellos a lo largo del año 2010. No se admitirán a trámite las solicitudes de subvención de las entidades que no cumplan todos los requisitos en dicha fecha. 

 

Artículo 6.- Gastos subvencionables, plazo de ejecución y criterios de valoración.

 

Los gastos subvencionables deberán ser realizados en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2009 y 4 de enero de 2010, y responderán a los siguientes conceptos:

 

- Alquiler de camión o carroza

- Suministro de material fungible (papelería, combustible, extintor, caramelos, confeti, ferretería, telas, etc.)

- Gastos de sonorización e iluminación.

- Gastos de alimentación en el caso de realizar merienda complementaria.

- Alquiler de disfraces.

- Gastos del seguro de responsabilidad civil.

 

Los criterios de valoración de las solicitudes son los siguientes:

 

1.- Importe del proyecto presentado (hasta 6 puntos).

Se tendrá en cuenta el presupuesto de gastos destinado a la ejecución del proyecto, asignándose la siguiente puntuación:

 

- Más de 3.000,00 euros ..................................6 puntos

Subir Bajar