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BOAM nº 7955 (25/07/2017)
Ayuntamiento Pleno

1685

Acuerdo de 20 de julio de 2017 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la concesión de un crédito extraordinario por importe de 13.019.634,73 euros, en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible; y Distritos de Retiro, Chamartín y Moncloa-Aravaca).

El Pleno del Ayuntamiento en sesión (23/2017) ordinaria, celebrada el día 20 de julio de 2017, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Aprobar la concesión de un crédito extraordinario por importe de 13.019.634,73 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

• 2.283,60 euros, en la aplicación presupuestaria 001/203/151.02/227.03 "Gastos por acción subsidiaria" del programa 151.02 "Gestión urbanística" del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

• 14.405,72 euros, en la aplicación presupuestaria 001/203/153.22/210.01 "Reparación, mantenimiento y conservación de vías públicas a cargo de particulares" del programa 153.22 "Otras actuaciones en vías públicas" del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

• 9.909,69 euros, en la aplicación presupuestaria 001/205/151.02/227.03 "Gastos por acción subsidiaria" del programa 151.02 "Gestión urbanística" del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

• 30.660,26 euros, en la aplicación presupuestaria 001/209/153.22/210.01 "Reparación, mantenimiento y conservación de vías públicas a cargo de particulares" del programa 153.22 "Otras actuaciones en vías públicas" del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

• 12.962.375,46 euros, en la aplicación presupuestaria 001/087/153.40/609.03 "Urbanización a cargo de particulares" del programa 153.40 "Infraestructuras urbanas" del Ayuntamiento de Madrid para 2017.

 

La citada modificación se financia con el remanente líquido de tesorería afectado a gastos con financiación afectada obtenido de la liquidación del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid del ejercicio 2016".

 

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

 

Madrid, a 20 de julio de 2017.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

 

 

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