BOAM nº 10102 (09/04/2026)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
1264
Resolución de 7 de abril de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se rectifica el error material advertido en la Resolución de 2 de marzo de 2026, por la que se resuelve el proceso selectivo convocado para proveer 51 plazas de la categoría de Educador/a Social del Ayuntamiento de Madrid.Por Resolución de 2 de marzo de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.079), por la que se resuelve el proceso selectivo y se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación de aprobados del proceso selectivo convocado para proveer 51 plazas de la categoría de Educador/a Social de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.
Habiéndose advertido error material en el anexo de la citada Resolución de 2 de marzo de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, consistente en la calificación otorgada a Beatriz Rodríguez Dávila, donde dice 18,83, debe decir 18,33, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en el anexo de la Resolución de 2 de marzo de 2026 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 10.079), por la que se resuelve el proceso selectivo y se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación de aprobados del proceso selectivo convocado para proveer 51 plazas de la categoría de Educador/a Social de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid, conforme al anuncio publicado en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid de 26 de febrero de 2026, por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
SEGUNDO.- Se dispone la conservación de los restantes actos y trámites, en particular los referidos a la presentación de los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria y la elección de destinos por los aspirantes.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia).
II. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 7 de abril de 2026.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.