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BOAM nº 9990 (22/10/2025)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

3885

Corrección de errores en la publicación del Anuncio de 6 de octubre de 2025 del Jefe de Servicio de Inspección Técnica de Edificios por el que se publica en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid el Padrón de los edificios y construcciones sujetos a la Inspección Técnica de Edificios en el año 2026, aprobado mediante Resolución de 1 de octubre de 2025 del Director General de la Edificación. (Expediente 511/2025/54820).

Publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 9.985, de fecha 15 de octubre de 2025, Anuncio de 6 de octubre de 2025 del Jefe de Servicio de Inspección Técnica de Edificios, por el que se publica en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid el Padrón de los edificios y construcciones sujetos a la Inspección Técnica de Edificios en el año 2026, aprobado mediante Resolución de 1 de octubre de 2025 del Director General de la Edificación (expediente 511/2025/54820), se ha detectado un error en el texto publicado, al haberse transcrito el correspondiente a otro anuncio.

 

Por ello, se procede a su subsanación mediante la publicación del texto correcto del anuncio, que se transcribe a continuación:

 

"El artículo 17 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones de 2011 establece que la Administración Municipal elaborará un padrón de los bienes inmuebles sujetos a la Inspección Técnica de Edificios que se expondrá al público durante treinta días dentro del último trimestre del año anterior al plazo de presentación de las actas de Inspección Técnica a fin de facilitar el cumplimiento de este deber a los propietarios.

 

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo citado el Director General de la Edificación, mediante Resolución de 1 de octubre de 2025, ha aprobado el Padrón de Edificios y Construcciones cuyos propietarios deben efectuar la Inspección Técnica durante el año 2026 en los términos siguientes:

 

PRIMERO.- "Aprobar el Padrón de Edificios y Construcciones cuyos propietarios deben efectuar la Inspección Técnica durante el año 2026, salvo que sean de tipología residencial de vivienda colectiva con más de 50 años de antigüedad,

 

- o bien por haber cumplido 30 años y deban presentar la inspección técnica dentro del año natural siguiente al de su cumplimiento al haber sido construidos en el año 1995,

 

- o bien, por haber transcurrido el periodo decenal contado desde el año 2016, año en el que estuvieron obligados a efectuar la Inspección Técnica anterior,

 

a) al haber sido terminadas las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general o total en el año 1985,

 

b) o al haber sido construidos entre 1962 y 1965 y no figurar en el Catálogo de Edificios Protegidos o no pertenecer al Centro Histórico o a los Cascos Históricos Periféricos, y ser de propiedad distinta a la jurídico pública, representaciones diplomáticas u organismos internacionales,

 

c) o al haber sido terminadas las obras de nueva planta o de rehabilitación con reestructuración general o total antes de 1975, ser propiedad de personas jurídico públicas, representaciones diplomáticas y organismos internacionales, no catalogadas, incluidas en el Centro Histórico o en los Cascos Históricos Periféricos, todo ello de conformidad con los artículos 14, 16 y 21.2 y la disposición transitoria cuarta de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones y con el artículo 2 y la disposición transitoria primera del Decreto 103/2016 de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, que regula el Informe de Evaluación de los Edificios en la Comunidad de Madrid".

 

SEGUNDO.- "Exponer al público el Padrón de Edificios y Construcciones por el plazo de treinta días en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid y anunciar dicha exposición en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en uno de los periódicos de los de mayor difusión, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas. Esta exposición producirá los efectos de notificación a los interesados de conformidad con el artículo 17 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones".

 

Este padrón se expondrá al público en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid, cuya consulta se realiza a través de la web municipal (www.madrid.es), por un plazo de treinta días, a partir del día 22 de octubre de 2025, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.

 

Esta exposición, conforme al artículo 17 citado, producirá los efectos de notificación a los interesados de la obligación de acreditar la realización de la correspondiente inspección dentro del plazo señalado".

 

Madrid, a 20 de octubre de 2025.- El Jefe del Servicio de Inspección Técnica de Edificios, Luis Gustavo Collado Ruiz.

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