BOAM nº 6319 (26/11/2010)
Distrito de Villa Vallecas
2285
Resolución de 1 de julio de 2010 de la Gerente del Distrito de Villa de Vallecas por la que se desestiman las alegaciones y se ordena la ejecución de obras a Invespat, S.L., expediente número 120/2009/05228.En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación del siguiente trámite en el marco del expediente administrativo señalado, una vez intentada la notificación en los términos del artículo 59.1 del mismo cuerpo legal, quedando el expediente a disposición del interesado, a los efectos del ejercicio del derecho previsto en el artículo 35.a) de la misma ley, en las dependencias de la Junta Municipal de Distrito de Villa de Vallecas, paseo Federico García Lorca, 12, Madrid.
Número de expediente: 120/2009/05228.
Titular: Invespat, S.L.
"Primero.- Desestimar las alegaciones formuladas por el interesado por no haber quedado acreditada la transmisión de la propiedad de la finca objeto del presente expediente.
Segundo.- Ordenar a Invespat, S.L., la ejecución de las obras de limpieza y vallado del solar, sito en la calle Alto de la Sartenilla con vuelta a calle Alameda del Valle y calle Granja de San Ildefonso, parcela 106 A, y que deberán ser realizadas en los plazos establecidos y según la documentación que deberá ser presentada, de conformidad con los artículos 168.1 y 170 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y el artículo 4 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, con la advertencia de que en caso de incumplimiento se procederá según lo establecido en los artículos 170.2 y 202 y siguientes de la Ley 9/2001".
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican a continuación.
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 38 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.
II.- Directamente, salvo en el supuesto previsto en el párrafo anterior, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común)".
Madrid, a 1 de julio de 2010.- La Gerente del Distrito de Villa de Vallecas, Mar Angulo Pérez.