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BOAM nº 7439 (24/06/2015)
Distrito de San Blas-Canillejas

1410

Resolución de fecha 11 de mayo de 2015 del Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se requiere para la aportación de documentación a M. A. R., con Documento Nacional de Identidad 51.684.757-P, expediente número 117/2015/01693

De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la presente resolución por la que se requiere a M. A. R., con Documento Nacional de Identidad número 51.684.757-P, para que aporte la documentación requerida en el expediente 117/2015/01693, de conformidad con la Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de los animales (aprobada por Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de julio de 2001, BOCM de 31 de agosto de 2001).

 

El texto íntegro de esta resolución, así como el expediente tramitado, podrán ser consultados por el/los interesado/s en el Negociado de Servicios Sanitarios del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

 

Se le concede el plazo de diez días que contará a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Tablón Edictal Único del Boletín Oficial del Estado (BOE) para:

 

1.º) Presentar la documentación del perro implicado en las denuncias de Policía Municipal (boletines de denuncia números 1305863 y 1305862 de fecha 5 de abril de 2015), consistente en: cartilla de vacunaciones, certificado de identificación censal y seguro de responsabilidad civil para tenencia de perros que cubra la indemnización por los posibles daños que pudiera ocasionar a las personas o bienes. Artículos 5, 6.2, 8 y 9.3 de la precitada ordenanza.

 

2.º) En caso de tratarse de un perro catalogado como potencialmente peligroso, deberá presentar la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y certificación de inscripción en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos. Artículo 14 de la precitada ordenanza.

 

De forma inmediata:

 

Cumplir que en los espacios públicos y en los privados de uso común, los animales de compañía deberán de circular siempre acompañados y conducidos mediante correa o cordón resistente que permita su control. Debiendo ir provisto de bozal cuando sus antecedentes, temperamento o naturaleza y características así lo aconsejen. Artículos 10.1 y 10.2 de la precitada ordenanza.

 

Apercibir al interesado que en el caso de no cumplimentar lo ordenado le serán impuestas las sanciones previstas en la precitada ordenanza, así como en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Dicha documentación se podrá presentar en cualquiera de los registros de las Juntas Municipales de Distrito y en los registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o en cualquiera de los lugares y formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, indicando el número de expediente.

 

 Madrid, a 11 de mayo de 2015.- El Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas, Francisco Javier Colino Gil.

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