BOAM nº 10144 (10/06/2026)
Agencia para el Empleo de Madrid
2235
Resolución de 9 de junio de 2026 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se ordena la publicación de la concesión de ayudas de transporte en metálico que han sido presentadas durante el año 2026 por persona trabajadoras de este Organismo Autónomo.El Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022, prorrogado de conformidad con las previsiones previstas en el artículo 4.1, establece en el artículo 31 que la ayuda de transporte en metálico consistirá en el abono en nómina de una cantidad fija como ayuda de transporte.
Por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 20 de noviembre de 2025 se aprobaron las bases generales y específicas de ayudas de acción social para el año 2026. Fueron publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 24 de noviembre de 2025.
Las bases específicas que regulan la ayuda de transporte en metálico establecen los requisitos, incompatibilidades específicas y/o exclusiones, así como la documentación que debe acompañarse.
Examinadas las solicitudes presentadas y la documentación aportada, se comprueba que cumplen los requisitos establecidos para su concesión.
Mediante Resolución de 30 de abril de 2026, el Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid ha concedido unas ayudas de transporte en metálico solicitadas por personas empleadas de este Organismo Autónomo que cumplían con los requisitos exigidos en las bases específicas de la ayuda para el año 2026.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.4 de las Bases generales para 2026, sobre la forma en la que debe difundirse y publicarse la información referente a las Ayudas de Acción Social, el personal podrá consultar en la intranet municipal Ayre, en la sección Mi área personal/Acción social/Mis ayudas, la información individual de la ayuda solicitada.
El órgano gestor de las ayudas de acción social podrá requerir a las personas beneficiarias los documentos originales justificativos de las ayudas.
Por todo lo expuesto, en ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 15.1 k) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid (BOCAM n.º 154, de 30 de junio),
RESUELVO
PRIMERO.- Hacer pública en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid la Resolución del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, de fecha 30 de abril de 2026, por la que se conceden ayudas de Transporte en Metálico a personas empleadas de este Organismo Autónomo, conforme a los requisitos específicos establecidos en la convocatoria de 2026.
SEGUNDO.- Ordenar la publicación en el canal Ayre del correspondiente aviso o nota informativa. De este modo se podrá realizar consulta individualizada de las ayudas concedidas y/o denegadas y, en su caso, conocer el motivo concreto de su denegación.
TERCERO.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sección del Tribunal de Instancia de Madrid que resulte competente, en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de conformidad con los artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, teniendo en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de la LPAC).
Madrid, a 9 de junio de 2026.- El Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, José Aniorte Rueda.