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BOAM nº 7813 (29/12/2016)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

2745

Resolución de 23 de diciembre de 2016 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura y Deportes de 21 de diciembre de 2016, por el que se crea la Comisión de Coordinación del Centro Cultural Conde Duque y se regula su composición y funcionamiento.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid; y en virtud de las facultades que me han sido delegadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015,

 

RESUELVO

 

 "Ordenar la publicación en el BOAM del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de  Cultura y Deportes de  21 de diciembre de 2016, por el que se crea la Comisión de  Coordinación del Centro Cultural Conde Duque y se  regula su composición y  funcionamiento.

Por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Las Artes, Deportes y Turismo de 27 de enero de 2015 se creó la Comisión de Coordinación del Centro Cultural Conde Duque, como órgano colegiado de asesoramiento, seguimiento, coordinación y control, al amparo de lo dispuesto en el artículo 76.4 del Reglamento Orgánico del Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2004.

 El presente decreto tiene por objeto adaptar la Comisión a la nueva estructura y organización administrativa municipal, así como al Decreto de la Alcaldesa de 19 de abril de 2016 por el que se aprobaron los modelos de Decretos de creación de órganos colegiados regulados en el artículo 76, apartados 1, 2 y 4 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.

El Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 por el que se establece la organización del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, establece entre otras, las competencias en materia de archivos, bibliotecas, museos y colecciones, patrimonio histórico y promoción cultural.

El centro cultural Conde Duque es uno de los grandes centros culturales de carácter metropolitano adscrito al Área de Gobierno de Cultura y Deportes. En el mismo están ubicados diversos servicios e instituciones municipales, e incide la actuación y ejercicio de competencias de diversos órganos directivos del área de gobierno:

- Están ubicadas en dicho centro una serie de instituciones culturales dependientes de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos: Archivo de Villa, Biblioteca Histórica Municipal, Hemeroteca Municipal, Biblioteca Pública Conde Duque, Biblioteca Musical Víctor Espinós, Biblioteca Digital, Museo de Arte Contemporáneo de Madrid. Asimismo, dicha Dirección General tiene la competencia para la realización de exposiciones en los espacios expositivos del Centro.

- La Dirección General de Intervención en el Paisaje Urbano y el Patrimonio Cultural tiene encomendado el mantenimiento del edificio, así como la competencia para la renovación, restauración y rehabilitación de dicha infraestructura cultural adscrita al área de gobierno.

- La Secretaría General Técnica es responsable de la gestión de los servicios comunes.

 

 

La Dirección General de Programas y Actividades Culturales, en virtud de sus competencias en materia de promoción  cultural, es responsable de la programación de eventos culturales en espacios del Centro.

La empresa municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A., viene desarrollando actividades culturales en  espacios del Centro, en virtud de los correspondientes títulos  habilitantes otorgados por el Área de Gobierno de Cultura  y Deportes.

La multiplicidad de servicios y actividades que se prestan en el centro cultural Conde Duque, gestionados por diversos órganos directivos del área de gobierno y la Empresa Municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio S.A., hacen necesario establecer mecanismos que aseguren una utilización eficiente de los recursos del edificio, así como la coordinación permanente de las actividades a realizar, evitando incidencias y asegurando la compatibilidad entre las mismas.

El Título VI del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, aprobado por Acuerdo Plenario de 31 de mayo de 2004, regula los aspectos relativos a los órganos colegiados. Concretamente el artículo 76.4 establece que corresponde a los titulares de las Áreas acordar la creación de órganos colegiados cuyas funciones se concretarán en el seguimiento, asesoramiento, coordinación y control de las actividades administrativas de su competencia.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 76.4 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004,

 

DISPONGO

 

Artículo 1. Objeto.

El objeto del presente decreto es la creación y la regulación de la composición y el funcionamiento de la Comisión de Coordinación del Centro Cultural Conde Duque como órgano colegiado de seguimiento, asesoramiento, coordinación y control de las actividades y del funcionamiento de los servicios que se prestan en los espacios del centro cultural Conde Duque por parte de las distintas instituciones allí ubicadas.

 

Artículo 2. Adscripción y naturaleza jurídica.

La Comisión de Coordinación del Centro Cultural Conde Duque se adscribe al área de gobierno competente en materia de archivos, bibliotecas, museos, colecciones, patrimonio histórico y promoción cultural como órgano colegiado sin personalidad jurídica propia, estando integrado por representantes del Ayuntamiento de Madrid y de la empresa municipal Madrid Destino Cultura Turismo y Negocio, S.A.

 

Artículo 3. Régimen jurídico.

1. La Comisión de Coordinación del Centro Cultural Conde Duque se rige por lo dispuesto en el presente decreto sin perjuicio de las normas específicas que regulen su funcionamiento interno que, en su caso, serán aprobadas en el seno del propio órgano.

2. En lo no previsto en el presente decreto, será de aplicación lo dispuesto en las normas sobre órganos colegiados contenidas en el Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, y en la normativa básica en materia de régimen jurídico del sector público.

 

Artículo 4. Finalidad y funciones.

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