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BOAM nº 8186 (02/07/2018)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes

1527

Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes de 21 de junio de 2018 de aprobación de la concesión parcial de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la creación contemporánea.

Vista la propuesta de la Secretaria General Técnica, de 14 de junio de 2018, de conformidad con el artículo 28 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 10 de noviembre de 2015, en el ejercicio de las competencias correspondientes al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la concesión de subvenciones, a la vista del informe, emitido por la Comisión de Valoración constituida el 30 de noviembre de 2017, para la evaluación de la convocatoria de subvenciones destinadas a la creación contemporánea 2017, a la siguiente entidad por el importe que se indica:

SUBVENCIONES A LA CREACIÓN CONTEMPORÁNEA 2017 - 489.00

"Otras transferencias a familias"

BENEFICIARIO

TIPO DE ENTIDAD

PUNTOS

IMPORTE

LIDIA AMALIA MATEO LEIVAS

PERSONA FÍSICA

71,00

12.247,41 €

 

SEGUNDO.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid así como en la sede electrónica (https://sede.madrid.es) del Ayuntamiento, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 19 de las bases de la convocatoria, en relación con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

TERCERO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

2. Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, siendo el plazo para su interposición el de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del acto que ponga fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 del precitado texto legal.

 

3. Todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 21 de junio de 2018.- La Alcaldesa (Decreto de 30 de marzo de 2017), Manuela Carmena Castrillo.

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