Saltar navegación

BOAM nº 7707 (21/07/2016)
Distrito de Hortaleza

1688

Acuerdo de 6 de junio de 2016 del Consejo Territorial del Distrito de Hortaleza por el que se aprueba la creación de la Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género del Distrito de Hortaleza y sus Normas de Funcionamiento.

El Consejo Territorial del Distrito de Hortaleza en su sesión ordinaria celebrada el día 6 de junio de 2016, aprobó por unanimidad la creación de la Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género del Distrito de Hortaleza y sus Normas de Funcionamiento del siguiente tenor literal:

 

PROPUESTA POR LA QUE SE CREA LA MESA POR LA IGUALDAD Y CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO DEL DISTRITO DE HORTALEZA Y SE ESTABLECEN SUS NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

 

Por Acuerdo del Pleno de la Junta del Distrito de Hortaleza, en sesión ordinaria celebrada el 24 de noviembre de 2015, se adoptó la proposición para la creación de una Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género en la que participen las asociaciones de madres y padres, tejido asociativo vecinal, asociaciones de comerciantes, policía municipal, así como los grupos políticos con representación en el Pleno de la Junta Municipal.

 

El Título VI del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid (ROGA), aprobado por Acuerdo Plenario de 31 de mayo de 2004, regula los aspectos relativos a los órganos colegiados. El artículo 72 establece que: "En los distritos podrán crearse órganos de participación de los vecinos y de las asociaciones que los representen, de conformidad con lo que se establezca al respecto en las normas orgánicas de participación ciudadana".

 

En este sentido, el artículo 59 del Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana señala que "En todo caso, cada Consejo Territorial podrá crear las comisiones y grupos de trabajo, temporales o permanentes que se consideren necesarios, en función de sectores concretos de actividad, a los que podrán asistir organizaciones o personas que no pertenezcan al Consejo Territorial, todo ello para un mejor desarrollo de las competencias del Consejo". Añadiendo el artículo 22 del Reglamento de Funcionamiento de los Consejos Territoriales lo siguiente:

 

"El Consejo Territorial podrá crear los grupos de trabajo que considere pertinentes, para una finalidad determinada, integrados por miembros del Consejo Territorial. El acuerdo de creación del grupo establecerá su denominación, el asunto objeto de los trabajos del grupo y su duración. También designará a la persona que coordine los trabajos del mismo. El coordinador del grupo de trabajo será nombrado por el presidente del Consejo.

 

A propuesta del coordinador del grupo de trabajo, podrán participar en los trabajos del mismo, con voz y sin voto, representantes del Consejo Sectorial de Ciudad, técnicos y expertos en la materia correspondiente, así como vecinos y asociaciones relacionadas con el sector de la actividad de que se trate".

 

El 17 de diciembre de 1999, la Asamblea General de Naciones Unidas, a través de la resolución 54/134, declaró el 25 de noviembre Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer, entendiendo esta como todo acto de violencia basada en el género, que tiene como resultado posible o real, un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la prohibición arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada.

 

 

De otro lado, en la sesión plenaria del Ayuntamiento de Madrid del pasado 30 de septiembre de 2015, se aprobó por unanimidad impulsar un pacto político y social contra la violencia de género y que refleja el compromiso por la lucha contra la violencia de género, del Ayuntamiento de Madrid y de los grupos políticos que conforman la corporación municipal.

 

Consecuentemente con lo expuesto, la Comisión Permanente de Educación y Servicios Sociales del Distrito de Hortaleza eleva para la aprobación del Consejo Territorial la creación de una Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género, cuyo objeto consiste en proyectar, en el ámbito del Distrito de Hortaleza, el compromiso adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, según el siguiente

 

ACUERDO

 

Aprobar la creación de la Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género del Distrito de Hortaleza, con arreglo a las siguientes

 

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

 

Artículo 1. Objeto

 

La Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género del Distrito de Hortaleza tiene por objeto promover la realización de acciones de sensibilización y educación en igualdad y contra la violencia de género, acciones de prevención y educación a los vecinos y vecinas de Hortaleza y de manera especial en los centros educativos y culturales del Distrito.

 

Artículo 2. Naturaleza jurídica, adscripción y duración

 

La Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género se constituye como grupo de trabajo de información, asesoramiento y seguimiento, adscrito a la Comisión de Educación y Servicios Sociales, con una duración indefinida.

 

Artículo 3. Régimen jurídico

 

El régimen jurídico de la Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género está integrado por el contenido de las presentes normas y por lo dispuesto en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y en el Reglamento de Funcionamiento de los Consejos Territoriales.

 

Artículo 4. Finalidad y funciones

 

Para el cumplimiento de sus objetivos la Mesa por la Igualdad y contra la Violencia de Género realizará las siguientes funciones, siempre referidas al ámbito institucional del Distrito de Hortaleza del Ayuntamiento de Madrid, y dentro de las competencias del/de la Concejal/a Presidente/a del Distrito de Hortaleza, de conformidad con lo establecido en los Acuerdos de la Junta de Gobierno de organización y competencias de los Distritos:

 

a) Conocer, evaluar e informar las propuestas y proyectos que se elaboren por los servicios competentes del Ayuntamiento de Madrid, en las materias que constituyen su objeto.

 

Los informes o dictámenes que pueda emitir la Mesa no tendrán carácter vinculante para los órganos municipales con poder decisorio.

 

b) Proponer la realización y desarrollo de actividades relacionadas con la igualdad y la eliminación de la violencia de género, para su estudio y decisión por los servicios competentes del Ayuntamiento de Madrid.

 

c) Recibir información de los servicios competentes del Ayuntamiento de Madrid sobre acciones relacionadas con las materias que constituyen su objeto.

 

Subir Bajar