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BOAM nº 7044 (11/11/2013)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2125

Acuerdo de 7 de noviembre de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban los textos reguladores del régimen especial para la mejora del servicio prestado al ciudadano por el personal operativo de SAMUR-Protección Civil y por el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

Como consecuencia de los cambios normativos introducidos en la normativa básica estatal para la contención del gasto público y la reducción del déficit, el Ayuntamiento de Madrid, mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 25 de julio de 2012, dispuso aplicar al personal municipal las modificaciones de la normativa básica introducidas por la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.

 

En aplicación de dicha normativa, mediante sendos Acuerdos de 13 de septiembre de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se procedió a realizar la necesaria adaptación de la jornada del personal operativo de SAMUR-Protección Civil y del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, mediante la modificación de sus respectivos Acuerdos sectoriales.

 

Sin embargo, la adaptación realizada no ha cumplido con las expectativas requeridas para ambos colectivos.

 

En el caso de SAMUR-Protección Civil, para garantizar el servicio al ciudadano se requiere un refuerzo en los meses de verano, en cada uno de los cuales parte de la plantilla disfruta de su periodo vacacional, reduciéndose, por tanto, la operatividad del servicio. Asimismo se ha considerado la esencial importancia de la formación de los trabajadores, imprescindible para el mantenimiento y mejora de la calidad del Servicio, así como la necesidad de promover las actividades de investigación y de colaboración en materia de protección civil.

 

En el caso del Cuerpo de Bomberos, no se recogía la adaptación de la jornada derivada de la realización de parte de la misma en horario nocturno en el caso del personal de atención directa al siniestro, la necesidad en el caso de determinados colectivos de reservar parte de la jornada al mantenimiento de las capacidades operativo-técnicas, o la compensación por la realización de una mayor número de jornadas anuales en el caso del personal de apoyo técnico/segunda actividad con jornada de trabajo de 8 horas.

 

El objeto de este Acuerdo es aprobar los textos reguladores del régimen especial para la mejora del servicio prestado al ciudadano por el personal operativo de SAMUR-Protección Civil y por el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, en el marco de lo establecido en el artículo 11 del Acuerdo de la Mesa General de Negociación sobre condiciones de trabajo comunes al personal que presta servicios en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, que define como jornadas especiales aquellas que difieran del número de horas anuales establecido para la jornada ordinaria, del número de horas a realizar diariamente y/o del número de jornadas anuales resultantes.

 

La competencia para la adopción del Acuerdo corresponde a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid.

 

En su virtud, a propuesta del Delegado del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 7 de noviembre de 2013,

 

ACUERDA

 

Primero.- Aprobar el texto regulador del régimen especial para la mejora del servicio prestado al ciudadano por el personal operativo de SAMUR-Protección Civil, que se incorpora como Anexo 1 del presente Acuerdo, recogiéndose en el mismo las modificaciones en los apartados que se indican del Acuerdo sobre condiciones de trabajo del personal operativo de SAMUR-Protección Civil.

 

Segundo.- Aprobar el texto regulador del régimen especial para la mejora del servicio prestado al ciudadano por el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, que se incorpora como Anexo 2 del presente Acuerdo.

 

Tercero.- Publicar el presente Acuerdo en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 7 de noviembre de 2013.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.

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