BOAM nº 7446 (03/07/2015)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
1461
Acuerdo de 2 de julio de 2015 de la Junta de Gobierno por el que se aprueba el Acuerdo de 1 de julio de 2015 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos por el que se fijan las líneas generales de actuación en materia de recursos humanos y se adapta la regulación aplicable al personal al servicio del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos en materia de turnos y horarios de trabajo.Conformada la nueva Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid y constituida la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, ambas partes han querido poner de manifiesto su voluntad de mantener un diálogo fluido y constructivo, en el convencimiento de la necesidad de trabajar conjuntamente para la mejora de los servicios públicos prestados por la Corporación.
Para que sea posible mejorar los servicios públicos municipales, hacerlos más próximos a los ciudadanos y abrirlos a su participación, el personal municipal es el elemento esencial. Ambas partes coinciden en que cualquier proceso de mejora, cambio y transformación de los servicios municipales, no solo tiene que hacerse de la mano de la plantilla, sino que tienen que actuar como motor del mismo.
Para ello se hace imprescindible que los órganos de negociación y representación funcionen con agilidad, lealtad, transparencia y buena fe, de manera que se puedan encontrar las mejores alternativas para dar respuesta a las exigencias de la ciudadanía, apostando por una prestación de servicios con medios propios y contando para ello con la profesionalidad del personal de la Corporación.
La respuesta a una ciudadanía cada vez más exigente requiere unos empleados y empleadas públicos implicados, informados y con un clima laboral que permita un desempeño y un desarrollo profesional satisfactorios. La función pública profesional es la mejor garantía de unos servicios de calidad y por ello, se han tomado ya las primeras medidas de reducción de empleos eventuales, convencida la Corporación de que son los profesionales del servicio público los que tienen que prestar estos servicios.
Conscientes de su papel esencial como órgano vertebrador de la negociación colectiva en la Administración municipal, la Administración y las organizaciones sindicales han considerado que ha de ser la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos la instancia adecuada en la que establecer las líneas de actuación generales para el resto de ámbitos de negociación.
En este marco, la Administración y las organizaciones sindicales CC OO, UGT, CSI-F, Federación CITAM-UPM y CGT han alcanzado con fecha 1 de julio de 2015 en el seno de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos un Acuerdo que fija los compromisos y objetivos, las actuaciones inmediatas a abordar en los próximos meses como líneas de actuación y que asimismo adapta la regulación aplicable al personal al servicio del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos en materia de turnos y horarios de trabajo.
En consecuencia, efectuada la preceptiva negociación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en aplicación de lo establecido en el artículo 38.3 del mismo texto legal, y en el artículo 17.1.m) de la Ley 22/2006, de 4 julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, el órgano competente para la aprobación de este Acuerdo es la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid.
En su virtud, vista la propuesta de la Gerente de la Ciudad que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 2 de julio de 2015,
ACUERDA
PRIMERO.- Aprobar expresa y formalmente el Acuerdo de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos de fecha 1 de julio de 2015 por el que se fijan las líneas generales de actuación en materia de recursos humanos y se adapta la regulación aplicable al personal al servicio del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos en materia de turnos y horarios de trabajo, suscrito por la Administración y las organizaciones sindicales CC OO, UGT, CSI-F, Federación CITAM-UPM y CGT, que se incorpora como Anexo al presente Acuerdo.
SEGUNDO.- Facultar al Gerente de la Ciudad para dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este Acuerdo.
TERCERO.- Este Acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 2 de julio de 2015.- La Secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.